castellano
SALUD PÚBLICA
Y
SOCIAL
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SALUD PÚBLICA E HIGIENE EN COLOMBIA
INICIACIÓN DE LA SALUD PÚBLICA EN OTROS PAÍSES
En el año de l842, en Inglaterra, Edwin Chadwic publicó un libro titulado “ Las
condiciones Sanitarias de la Población Trabajadora en la Gran Bretaña” , en el cual definía la pobreza y la enfermedad como los lados de una misma moneda.
El Parlamento Inglés aprobó una Ley de Salud Pública en l848, la cual determinaba la
creación de una Dirección General de Salud, y en 1872 surgió otra Ley con 343
secciones dedicadas a la purificación del agua, alcantarillados con aguas corrientes,
calles limpias, viviendas saludables, recolección de basuras, inspectores de alimentos, mercados limpios y entierros en condiciones sanitarias.
En la edad moderna, Alemania, Inglaterra y Francia se dedicaron a prevenir las
enfermedades, por medio de la atención médica gratuita, limpieza del agua, medidas
contra el hacinamiento, nutrición adecuada de la población y mejoramiento de las condiciones de trabajo. En 1861 se impuso el examen periódico de la salud. (55)
NORMAS SOBRE EL EJ ERCICIO DE LA MEDICINA EN COLOMBIA
La Junta Central de Higiene, por Acuerdo Número 7 de 1905, acordó que no podían
fundarse casas de salud, hospitales particulares y otros establecimientos, sino con el
permiso previo de la Junta Central de Higiene o de la respectiva Junta Departamental de Higiene. En la solicitud que se hacía a la Junta para obtener este permiso se indicaban: el
edificio que se iba a dedicar y el número de enfermos que se iban a tratar, con el fin de
que una comisión de la Junta practicara una inspección, informara si los enfermos
quedaban en buenas condiciones y si no se ocasionaba daño alguno a la salubridad
pública o a la salud de los habitantes vecinos. El Congreso de Colombia, por medio de la Ley 11 de 1920 dispuso que todo individuo
que importara o preparara especialidades farmacéuticas y todo agente vendedor que
representaba casas extranjeras que las prepararan, tenían la obligación de presentar la
fórmula clara y exacta de la respectiva preparación a la Comisión de Especialidades Farmacéuticas, la cual estaba compuesta por el Director Nacional de Higiene, el Director
científico del Instituto Nacional de Higiene, el Químico del Laboratorio Nacional y el
profesor de Farmacia de la Facultad de Medicina de la Universidad Nacional.
Por medio de la Ley 100 de l928 se dispuso que la Comisión debía exigir a todo
individuo que importara o preparara especialidades farmacéuticas y a todo agente vendedor que representara casas extranjeras que las prepararan, la fórmula y una muestra
de la respectiva preparación y que hacer practicar en el Laboratorio Nacional de Higiene
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los análisis que fueran necesarios, por cuenta del interesado y se debía dictar la
Resolución correspondiente. (21) (78)
El Congreso de Colombia, por medio de la Ley 35 de 1929, decretó: Para los efectos legales se entiende por ejercicio de la medicina: diagnosticar e instituir
tratamientos, prescribir drogas o verificar intervenciones quirúrgicas para cualquier
enfermedad, dolor, daño, accidente o deformidad física; y se reputa como médico al
individuo que ejerza profesionalmente cualquiera de tales actos, siempre que posea el
título que acredite su idoneidad. No podrán usar el titulo de doctor, en lo relacionado con la medicina y la cirugía, sino
aquellos profesionales que tengan su respectivo diploma, expedido por una facultad
nacional o extranjera, refrendado por el Ministerio de Educación Nacional y aprobado
por la Junta General de Títulos Médicos.
Por medio de la Ley 67 ...
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