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Tomo CLXIX
Núm. 230
DECRETO NÚMERO 591 QUE REFORMA Y ADICIONA DIVERSAS
DISPOSICIONES DE LA LEY ORGÁNICA
DEL MUNICIPIO LIBRE
Artículo único. Sereforman los artículos 115, en su párrafo final, y 160; y se
adiciona un párrafo segundo al artículo 104, todos de la Ley Orgánica del
Municipio Libre, para quedar como sigue:
Artículo 104.-……
Elpresidente y el tesorero del Ayuntamiento serán directamente responsables
de la administración de todos los recursos públicos municipales.
Artículo 115.-…….
I a XXXI……
Queda prohibido designar, paradesempeñar puestos de confianza, a personas
a quienes les ligue parentesco consanguíneo o por afinidad, en línea recta o
colateral hasta el cuarto grado, con servidores públicos municipales, conexcepción de quienes, durante los últimos dos años, hubieren laborado
ininterrumpidamente como empleados de base en la Administración Pública
Municipal de que se trate. Los cargos que, dentro de losSistemas Municipales
para el Desarrollo Integral de la Familia desempeñen los cónyuges o parientes
consanguíneos o por afinidad hasta el cuarto grado de los servidores públicos
tendrán carácterhonorífico, sin derecho a retribución alguna.
Artículo 160. En contra de los actos o resoluciones administrativas que se
dicten por los Ayuntamientos, los sujetos sancionados podrán interponer, a suelección, el recurso de revocación o intentar el juicio contencioso, de
conformidad con lo dispuesto por el código de la materia.
TRANSITORIOS
Primero. El presente Decreto entrará en vigor a partirdel día siguiente de su
publicación en la Gaceta Oficial, órgano del gobierno del estado.
Segundo. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente
Decreto.
Dado en el salón desesiones de la LIX Legislatura del Honorable Congreso del
Estado, en la ciudad de Xalapa-Enríquez, Veracruz de Ignacio de la Llave, a los
cinco días del mes de noviembre del año dos mil tres. Felipe...
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