Circu70_2014_regimen_opcional_FUT

Páginas: 47 (11532 palabras) Publicado: 4 de octubre de 2015
DEPARTAMENTO EMISOR

IMPUESTOS DIRECTOS
1875

CIRCULAR N° 70

SISTEMA DE PUBLICACIONES ADMINISTRATIVAS

FECHA: 31 de diciembre de 2014

MATERIA: Instruye sobre el régimen opcional y
transitorio, vigente durante el año comercial
2015, de pago sobre las rentas acumuladas en
el FUT al 31 de diciembre de 2014, y sobre los
retiros en exceso que se mantengan a esa
fecha.

REFERENCIA:

I.-

N° Y NOMBREDEL VOLUMEN:
REF. LEGAL: N° 11, del numeral I.-, del artículo
tercero de las disposiciones transitorias de la
Ley N° 20.780, publicada en el Diario Oficial el
29 de septiembre de 2014, y artículo 14 de la
Ley sobre Impuesto a la Renta.

INTRODUCCIÓN.

En el Diario Oficial de 29 de septiembre de 2014, se publicó la Ley N° 20.780, sobre reforma
tributaria que modifica el sistema de tributación de larenta e introduce diversos ajustes en el
sistema tributario (en adelante la “Ley”).
La presente Circular tiene por objeto impartir instrucciones respecto del impuesto sustitutivo sobre
las rentas acumuladas en el Registro Fondo de Utilidades Tributables (FUT) al 31 de diciembre de
2014 y del impuesto único y sustitutivo sobre los retiros en exceso que se mantengan a esa misma
fecha, de acuerdo alo dispuesto en el N° 11, del numeral I.-, del artículo tercero de las
disposiciones transitorias de la Ley 20.780.
Se trata de un régimen opcional y transitorio de pago sobre rentas acumuladas en el FUT al 31 de
diciembre de 2014, y sobre los retiros en exceso que se mantengan a esa fecha, por el que pueden
optar las empresas, comunidades o sociedades que sean contribuyentes del Impuesto dePrimera
Categoría (IDPC) obligados a declarar sobre la base de sus rentas efectivas según contabilidad
completa y cumplan los requisitos que la norma señalada establece.
II.-

INSTRUCCIONES SOBRE LA MATERIA.

II.1.-

IMPUESTO SUSTITUTIVO SOBRE LAS RENTAS ACUMULADAS EN EL FUT AL 31 DE
DICIEMBRE DE 2014.

A)

Aspectos generales.

Los contribuyentes podrán optar durante el año comercial 2015, por aplicarun impuesto sustitutivo
con una tasa general de 32%, o una tasa variable que deberá determinarse según el caso y siempre
que se cumplan los requisitos que la Ley establece, sobre el saldo de FUT que se determine al 31 de
diciembre de 2014.
B)

Contribuyentes y período durante el cual pueden ejercer la opción.

Los contribuyentes sujetos al IDPC sobre la base de un balance general, segúncontabilidad completa,
que cumplan los requisitos que se indican para cada caso, podrán ejercer la opción declarando y
pagando el impuesto que corresponda, a través del formulario 50, cuyas instrucciones este Servicio
determinará mediante resolución, solamente durante el año comercial 2015. Terminado dicho período,
caduca el derecho de los contribuyentes para optar por el régimen alternativo de tributaciónque se
analiza.
C)

Requisitos para acogerse al régimen transitorio y opcional de tributación sobre las
utilidades tributables acumuladas en el FUT.

Al optar por el sistema transitorio y opcional de tributación sobre rentas o utilidades tributables
acumuladas en el FUT, la Ley contempla la aplicación de un impuesto sustitutivo del Impuesto Global
1

Complementario (IGC) o del Impuesto Adicional(IA) que afectaría a los propietarios, comuneros,
socios o accionistas de la empresa o sociedad respectiva, al momento del retiro o distribución de
dichas cantidades. Como regla general, tal impuesto se aplicará con una tasa de 32%. No obstante, la
Ley contempla la posibilidad que en ciertos casos pueda aplicarse una tasa especial variable
determinada al efecto.
En ambos casos, deben cumplirse losrequisitos copulativos que se exponen a continuación, sin
perjuicio de la concurrencia de exigencias o requisitos adicionales cuando el contribuyente del IDPC
opte por aplicar la referida tasa especial variable.
a)
El régimen transitorio y opcional está reservado exclusivamente para aquellos
contribuyentes de IDPC que tributen con el citado gravamen, sobre sus rentas efectivas
determinadas...
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