circular de la super vigilancia privada
PARA:
SERVICIOS DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA, Y PERSONAS
NATURALES O JURÌDICAS TITULARES DE UNA LICENCIA DE
FUNCIONAMIENTO OTORGADA POR LA SUPERINTENDENCIA DE
VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA
DE:
SUPERINTENDENCIA DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA
TEMA:
CREDENCIALES PERSONAL OPERATIVO SERVICIOS DE VIGILANCIA
Y SEGURIDAD PRIVADA
La Superintendencia deVigilancia y Seguridad Privada, en cumplimiento del artículo 103
del Decreto 19 de 2012 mediante el cual se dictan normas para suprimir o reformar
regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios existentes en la Administración
Pública, a continuación señala las condiciones mínimas que deberán acoger los titulares
de las licencias de funcionamiento expedidas por parte de laSuperintendencia de
Vigilancia y Seguridad Privada para efectos de expedir las credenciales del personal
operativo de los servicios de vigilancia y seguridad privada, así como las medidas de
seguridad, validación y registro en el proceso de elaboración y acreditación de las
mismas.
OBJETIVOS
El presente acto administrativo busca conseguir los objetivos que a continuación se
describen, en beneficio de losservicios de vigilancia y seguridad privada.
Establecer las condiciones mínimas de elaboración de las credenciales para el
personal operativo de los servicios de vigilancia y seguridad privada.
Indicar las medidas de seguridad y validación en el proceso de elaboración y
acreditación de las credenciales
Señalar la información que debe figurar en el registro del personal operativo delos
servicios de
vigilancia y seguridad privada
1.
GENERALIDADES
Los servicios de vigilancia y seguridad privada que tengan autorizada y vigente una
licencia de funcionamiento proferida por parte de la Superintendencia de Vigilancia y
Seguridad Privada, deberán expedir las credenciales de su personal operativo a partir
del 10 de Enero de 2012, en cumplimiento del artículo 103 delDecreto 19 de 2012.
FUNCIONARIO O ANALISTA
Tramitado y Proyectado por
NOMBRE
Tatiana González Cerón /Ana Isabel Varón
FIRMA
FECHA
Enero 11 de 2012
Revisado para firma por
Tatiana González Cerón /Ana Isabel Varón
Enero 11 de 2012
Los arriba firmantes declaramos que hemos revisado el documento y lo encontramos ajustado a las normas y disposiciones legales vigentes y por lo
tanto,bajo nuestra responsabilidad, lo presentamos para la firma.
Carrera 10 No 26 - 71 Interior 106 Pisos 2, 3 y 4 Bogotá D.C., Colombia
PBX: 57 - 1 – 3274000 FAX: 57 - 1 - 3274022 / 3274017
Línea gratuita nacional: 01 8000 919703
www.supervigilancia.gov.co
Los servicios de vigilancia y seguridad privada, deberán aplicar estrictamente los
procesos de selección establecidos y mantener capacitadoy entrenado a su personal
en una escuela de capacitación y entrenamiento en vigilancia y seguridad privada que
cuente con licencia de funcionamiento en los términos de la normatividad vigente.
El personal operativo de los servicios de vigilancia y seguridad privada, para su
identificación como tal, portará la credencial expedida por el titular de la licencia de
funcionamiento, con laobservancia de los requisitos de capacitación y entrenamiento
en vigilancia y seguridad privada, según la modalidad en que se desempeñará y de la
idoneidad para el uso y manejo de armas de acuerdo con la ley.
La Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada exigirá al titular de la licencia
de funcionamiento las medidas de seguridad y validación en el proceso de
elaboración y acreditación delas respectivas credenciales.
2. CONDICIONES MÍNIMAS CREDENCIALES PERSONAL OPERATIVO
2.1. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
Los servicios de vigilancia y seguridad privada titulares de una licencia de
funcionamiento otorgada por parte de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad
Privada, deberán expedir una credencial para el personal operativo de su empresa o
departamento de seguridad, con las...
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