Civil -Iii

Páginas: 18 (4437 palabras) Publicado: 24 de julio de 2012
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
UNIVERSIDAD JOSÉ ANTONIO PÁEZ
FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS
CATEDRA: DERECHO CIVIL III

LA RESPONSABILIDAD CIVIL

Integrantes:
Irua Almeida C.I.: 13.618.549
Sandra Martínez C.I.: 07.381.619
Orlando Henríquez C.I.: 17.399.654
Neyla Suarez C.I.: 15.103.253Sección: 304D3

B I B L IO G R A F I A

Código Civil de Venezuela. (1982). Gaceta Oficial de la República de Venezuela Nº 2.990, Extraordinaria de fecha: Julio 26, de 1982.

Maduro, E. y Pittier, E. (2008). Curso de Obligaciones. Derecho Civil III. Tomo I. Caracas: Universidad Católica Andrés Bello.

RESPONSABILIDAD CIVIL – CONCEPTO JURIDICO:
Es la obligación que incumbea una persona de reparar el daño causado a otra por su propio hecho, o por el hecho de las personas o cosas dependientes de ella.

Hecho Ilícito:
es una actuación culposa e injusta, no tolerada ni consentida por el ordenamiento jurídico positivo y que genera daños y perjuicios

El Hecho Ilícito:
El Hecho Ilícito corresponde al campo de la Responsabilidad Civil (Ver Art. 1.185 C.C.V.)

”El que con intención, o por negligencia o por imprudencia, ha causado un daño a otro, está obligado a repararlo.

Debe igualmente reparación quien hay a causado un daño a otro, excediendo, en el ejercicio de su derecho, los límites fijados por la buena fe o por el objeto en vista del cual le ha sido conferido ese derecho.

LOS ELEMENTOS DE LA RESPONSABILIDAD CIVIL
* EL INCUMPLIMIENTO* LA CULPA
* EL DANO
* LA RELACION CAUSALIDAD
El  INCUMPLIMIENTO:  De  una  obligación  jurídica  predeterminada impuesta por la Ley.
LA CULPA: Que dicho incumplimiento sea de orden CULPOSO (es la culpa lato sensu) o imputable al deudor, bien sea inejecución total, o bien, ante la simple “demora”
EL DAÑO: Que el incumplimiento culposo cause DAÑO. “Sin daño no hay responsabilidadcivil”.

LA RELACION DE CAUSALIDAD: Que exista RELACIÓN DE CAUSALIDAD entre el incumplimiento culposo y el daño.

 La Doctrina ha Diferenciado Diversas Clases de Responsabilidad Civil, a saber:
1. Según la Naturaleza de la Conducta Incumplida
2. Según que la Obligación de Reparar Provenga o No de Culpa del Agente

Según la Naturaleza de la Conducta Incumplida

A. ResponsabilidadCivil Contractual: Es la obligación de reparar un daño proveniente del incumplimiento culposo de una obligación derivada de un contrato.
Ej. Si se contrata a una empresa de transporte que debía entregar materiales o productos de una determinada calidad en una fecha y hora determinada y no lo hace, está incumpliendo con las condiciones convenidas y como la obligada incumplió el contrato deberáresponder por ello
B. Responsabilidad Civil Extracontractual: Responsabilidad civil delictual. Es la obligación de reparar un daño proveniente del incumplimiento culposo de una conducta o deber jurídico preexistente, que si bien el legislador no determina expresamente, sí lo protege o tutela jurídicamente al establecer su sanción dentro del ordenamiento jurídico positivo. Ocurre cuando el agentecausa un daño a la víctima mediante la comisión de un hecho ilícito. su fundamento legal como principio general en el Primer Párrafo del artículo 1185 del Código Civil venezolano

Ej. Un padre es responsable de los daños y perjuicios que cause su hijo menor de edad.
Ej. Un empresarios, es responsable del daño que causen sus empleados.
Ej. También se es responsable por los daños y perjuiciosque originen de los animales de los que se sea propietario

C) Responsabilidad Legal: Es la que deriva directamente de la Ley; por ejemplo, obligación de pagar alimentos (Art. 282 – 288 CC), obligación de construir y reparar las paredes medianeras (Art. 695 CC), obligación de los comuneros de contribuir a los gastos de la cosa común (Alt. 762).

Ej. Su usted compra un asiento de carro para...
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