Clasiicacion de las pruebas
260. La confesión puede ser judicial o extrajudicial.
261. Es judicial la confesión que se hace en juicio al preparar o promover la demanda, al contestarésta, al absolver posiciones, en cualquier escrito que presenten las partes y en cualquier otro acto del juicio aunque no intervenga eljuez.
262. Se considera extrajudicial la confesión que sehace ante cualquiera otra autoridad que no sea el juez de los autos.
Confesión y declaración de parte
Personales: mediante testimonio humano.
Directas: sin interferencias de ninguna clase.287.
Documentos públicos
Originales: cuando son las primeras copias.
Simple: cuando se produce la prueba en el proceso.
290. Documento privado es el no comprendido en laenumeración expresada y que carece de los requisitos que indican los artículos
anteriores.
Documentos privados
Original, simple y pre constituido
309. .- El juicio de peritos tendrá lugarcuando para conocer o apreciar algún hecho materia de prueba, sean necesarios conocimientos especiales en alguna ciencia, arte u oficio, y en los casos en que expresamente lo prevengan las leyes.Dictámenes periciales
Reales, indirectas e históricas
321. El reconocimiento se practicará siempre previa citación de las partes, fijándose día, hora y lugar.
Las partes, sus representantes oabogados pueden concurrir a la inspección y hacer las observaciones que estimen oportunas.
También podrán concurrir a ellas los testigos de identidad o peritos que fueren necesarios.Reconocimiento o inspección judicial
Reales, simples y plena
324. Todo el que no tenga impedimento legal está obligado a declarar como testigo.
De la prueba testimonial
Personales, indirectas,originales e in originales
352. Para acreditar hechos o circunstancias que tengan relación con el negocio que se ventila, las partes pueden ofrecer como medios probatorios, fotografías, copias...
Regístrate para leer el documento completo.