CODIGO CIVIL DEL ESTADO DE OAXACA

Páginas: 284 (70847 palabras) Publicado: 1 de abril de 2013
H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca
LIX Legislatura Constitucional
Centro de Información e Investigaciones Legislativas (CIILCEO)
Unidad de Investigaciones Legislativas
ciilceo_congreso@oaxaca.gob.mx
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Última reforma publicada en el Periódico Oficial del 21 de agosto de 2004.
Código publicado en el Suplemento No. 48 del Periódico Oficial del Estado de Oaxaca, el jueves
30 denoviembre de 1944.
VICENTE GONZALEZ FERNANDEZ, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano
de Oaxaca, a sus habitantes, hace saber:
Que la Legislatura del Estado, ha tenido a bien aprobar lo siguiente:
La XXXVIII Legislatura Constitucional del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, decreta:
CODIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES PARA EL ESTADO DE OAXACA
TITULO PRIMERO
De las acciones yexcepciones
CAPITULO I
De las acciones
Artículo l°.- El ejercicio de las acciones civiles requiere:
I. La violación de un derecho o el desconocimiento de una obligación, o la necesidad de
declarar, preservar o constituir un derecho;
II. La capacidad para ejercitar la acción por sí o por legítimo representante;
III. El interés en el actor para deducirla.
Falta el requisito del interés siempreque no pueda alcanzarse el objeto de una acción, aun
suponiendo favorable la sentencia.
Artículo 2°.- La acción procede en juicio, aun cuando no se exprese su nombre, con tal de que
se determine con claridad la clase de prestación que se exija del demandado y el título o causa
de la acción.
Artículo 3°.- Por las acciones reales se reclamarán: la herencia, los derechos reales o la
declaraciónde libertad de gravámenes. Se dan y se ejercitan contra el que tiene en su poder la
cosa y tiene obligación real, con excepción de la petición de herencia y la negatoria.
Artículo 4°.- La reivindicación compete a quien no está en posesión de la cosa, de la cual tiene
la propiedad, y su efecto será declarar que el actor tiene dominio sobre ella y que el demandado
debe entregársela con susfrutos y accesiones, en los términos prescritos por el Código Civil.
Artículo 5°.- El tenedor de la cosa puede declinar la responsabilidad del juicio designando al
poseedor que lo sea a título de dueño.
H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca
LIX Legislatura Constitucional
Centro de Información e Investigaciones Legislativas (CIILCEO)
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Artículo 6°.- El poseedor que niegue la posesión la perderá en beneficio del demandante.
Artículo 7°.- Pueden ser demandados en reivindicación, aunque no posean la cosa, el
poseedor que, para evitar los efectos de la acción reivindicatoria, dejó de poseer y el que está
obligado a restituir la cosa o su estimación, si la sentencia fuere condenatoria. El demandado
quepaga la estimación de la cosa puede ejercitar a su vez la reivindicación.
Artículo 8°.- No pueden reivindicarse las cosas que están fuera del comercio; los géneros no
determinados al entablarse la demanda; y las cosas unidas a otra por vía de accesión, según lo
dispuesto por el Código Civil.
Tampoco podrán reivindicarse sin previo reembolso del precio que se pagó, las cosas muebles
perdidas orobadas que un tercero haya adquirido de buena fé en almoneda o de comerciante
que en mercado público se dedique a la venta de objetos de la misma especie.
Se presume que no hay buena fe si de la pérdida o robo se dió aviso público y oportunamente.
Artículo 9°.- Al adquirente con justo título de buena fé le compete la acción para que, aun
cuando no haya prescrito, le restituya la cosa con susfrutos y accesiones, en los términos del
artículo 4º, el poseedor de mala fe, o el que teniendo título de igual calidad ha poseído por
menos tiempo que el actor. No procede esta acción en los casos en que ambas posesiones
fuesen dudosas o el demandado tuviere su título registrado y el actor no, así como contra el
legítimo dueño.
Artículo 10.- Procederá la acción negatoria para obtener la...
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