Codigo Civil Nayarit

Páginas: 541 (135023 palabras) Publicado: 12 de octubre de 2012
CODIGO CIVIL PARA EL ESTADO DE NAYARIT ULTIMA REFORMA PUBLICADA EN EL PERIODICO OFICIAL: 13 DE OCTUBRE DE 2010. Código publicado en la Segunda Sección del Periódico Oficial del Estado de Nayarit, el sábado 22 de Agosto de 1981. CORONEL ROGELIO FLORES CURIEL, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Nayarit, a los habitantes del mismo, sabed: Que el H. Congreso local se ha servidodirigirme para su promulgación, el siguiente: DECRETO NUMERO 6433 El H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Nayarit, representado por su XIX Legislatura: D E C R E T A: CODIGO CIVIL PARA EL ESTADO DE NAYARIT.

DISPOSICIONES PRELIMINARES Artículo 1o.- Las disposiciones de este Código regirán en el Estado de Nayarit en asuntos del orden común. Artículo 2o.- La capacidad jurídica es igual parael hombre y la mujer; en consecuencia, la mujer no queda sometida, por razón de su sexo, a restricción alguna en la adquisición y ejercicio de sus derechos civiles. (REFORMADO [N. DE E. ADICIONADO], P.O. 5 DE MAYO DE 2007) La protección que concede la ley a hombres y mujeres incluye todos los derechos inherentes a la personalidad y dignidad humana. (REFORMADO [N. DE E. ADICIONADO], P.O. 5 DE MAYODE 2007) Cuando en este Código o en otras leyes del Estado se use el genérico masculino por regla gramatical, se entenderá que las normas son aplicables tanto al hombre como a la mujer, salvo disposición expresa en contrario. Artículo 3o.- Las Leyes, reglamentos, circular o cualesquiera otras disposiciones de observancia general, obligan y surten sus efectos tres días después de su publicación enel Periódico Oficial.

En los lugares distintos del en que se publique el Periódico Oficial, para que las leyes, reglamentos, etc., se reputen publicados y sean obligatorios, se necesita que además del plazo que fija el párrafo anterior, transcurra un día más por cada cuarenta kilómetros de distancia o fracción que exceda de la mitad. Artículo 4o.- Si la ley, reglamento, circular o disposiciónde observancia general, fija el día en que debe comenzar a regir, obliga desde ese día, con tal de que su publicación haya sido anterior. Artículo 5o.- A ninguna ley ni disposición gubernativa se dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna. (REFORMADO, P.O. 13 DE OCTUBRE DE 2010) Artículo 6o.- La voluntad de los particulares no puede eximir de la observancia de la ley, ni alterarla omodificarla. Solo pueden renunciarse los derechos privados que no afecten al interés público, cuando la renuncia no perjudique derechos de tercero. Artículo 7o.- La renuncia autorizada en el artículo anterior no produce efecto alguno si no se hace en términos claros y precisos, de tal suerte que no quede duda del derecho que se renuncia. Artículo 8o.- Los actos ejecutados contra el tenor de lasleyes prohibitivas o de interés público serán nulos, excepto en los casos en que la ley ordene lo contrario. Artículo 9o.- La Ley solo queda abrogada o derogada por otra posterior que así lo declare expresamente, o que contenga disposiciones total o parcialmente incompatibles con la ley anterior. Artículo 10.- Contra la observancia de la ley no puede alegarse desuso, costumbre o práctica en contrario.Artículo 11.- Las leyes que establecen excepción a las reglas generales, no son aplicables a caso alguno que no esté expresamente especificado en las mismas leyes. Artículo 12.- Las leyes del Estado de Nayarit, incluyendo las que se refieran al estado y capacidad de las personas, se aplicarán a todos los habitantes del mismo, sean domiciliados o transeúntes; pero tratándose de extranjeros, setendrá presente lo que dispongan las leyes federales sobre la materia. Artículo 13.- Los efectos jurídicos de actos y contratos celebrados fuera del Estado que deban ser ejecutados dentro de su territorio, se regirán por las disposiciones de este Código. (REFORMADO, P.O. 13 DE OCTUBRE DE 2010)

Artículo 14.- Los bienes inmuebles ubicados en el Estado y los bienes muebles que en él se encuentren,...
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