CODIGO CIVIL
ARTICULO 131. * Bajo el régimen de comunidad absoluta o en el de comunidad de gananciales, ambos cónyuges administrarán el patrimonio conyugal, ya sea en forma conjunta oseparadamente.
Cada cónyuge o conviviente tiene la libre disposición de los bienes que se encuentran inscritos a su nombre en los registros públicos, sin perjuicio debe responden ante el otro por la disposición quehiciere de los bienes comunes.
* Texto Original
* Reformado por el Artículo 1 del Decreto Ley Número 124-85 del Jefe del Estado.
* Reformado el segundo párrafo por el Artículo 5 del Decreto Número80-98 del Congreso de la República.
* Reformado por el Artículo 1 del Decreto 27-99 del Congreso de la República.
ARTICULO 252.- (En el matrimonio y fuera de él).- La patria potestad se ejerce sobrelos hijos menores, conjuntamente por el padre y la madre en el matrimonio y en la unión de hecho; y por el padre o la madre, en cuyo poder esté el hijo, en cualquier otro caso.
Los hijos mayores deedad permanecerán bajo la patria potestad, solamente que hayan sido declarados en estado de interdicción.
ARTICULO 254.- (Representación del menor o incapacitado).- La patria potestad comprende elderecho de representar legalmente al menor o incapacitado en todos los actos de la vida civil; administrar sus bienes y aprovechar sus servicios atendiendo a su edad y condición.
ARTICULO 157.- No soncausa de separación, ni de divorcio, los actos de infidelidad cometidos en connivencia o con el consentimiento del otro cónyuge, o cuando después de consumados y conocidos por el otro, han continuadolos cónyuges conviviendo.
ARTICULO 162.- (Protección a la mujer y a los hijos).- Desde el momento en que sea presentada la solicitud de separación o de divorcio, la mujer y lo hijos quedarán bajo laprotección de la autoridad para seguridad de sus personas y de sus bienes, y se dictarán las medidas urgentes que sean necesarias. Los hijos quedarán provisionalmente en poder del cónyuge que...
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