COMPILACION REGIMEN ESPECIAL FUERZA PUBLICA

Páginas: 9 (2237 palabras) Publicado: 7 de abril de 2013
Pensión de invalidez


La pensión de invalidez es el derecho que tiene una persona por haber perdido el 50% o más de su capacidad laboral, en el caso que nos atañe a causa de origen profesional, o en cualquier situación si las Autoridades Medico Laborales le asignan una disminución de la capacidad laboral igual o superior al 75%.

El Area de Medicina Laboral de la Policía Nacional es laencargada de evaluar y calificar el estado físico de los policiales que debido a las diferentes situaciones institucionales hayan sufrido una lesión, diferentes patologías que pueden ocasionar una merma en la disminución de la capacidad laboral, así como las enfermedades de origen común que cualquier persona pudiese llegar a adquirir.

Mediante la expedición del documento “Acta de Junta MedicoLaboral” las Autoridades Medico Laborales otorgan al evaluado el porcentaje de disminución de la Capacidad Laboral según el estado sicofísico que presente y como consecuencia de ello causa el derecho a que le sea reconocida la pensión de invalidez, conforme a los postulados del Decreto 4433 del 31 de diciembre de 2004 en sus artículos 30 y 32 respectivamente, norma vigente en la materia, que paralos efectos previstos dispone:

PERSONAL DE OFICIALES, SUBOFICIALES Y SOLDADOS DE LAS FUERZAS MILITARES Y OFICIALES, SUBOFICIALES, MIEMBROS DEL NIVEL EJECUTIVO Y AGENTES DE LA POLICÍA NACIONAL Y ALUMNOS DE LAS ESCUELAS DE FORMACIÓN

&$ARTÍCULO 30. RECONOCIMIENTO Y LIQUIDACIÓN DE LA PENSIÓN DE INVALIDEZ. Cuando mediante Junta Médico Laboral o Tribunal Médico Laboral de Revisión Militar y dePolicía, al personal de Oficiales, Suboficiales, Soldados Profesionales y personal vinculado para la prestación del servicio militar obligatorio de las Fuerzas Militares, y de Oficiales, Suboficiales, miembros del Nivel Ejecutivo, Agentes y personal vinculado para la prestación del servicio militar obligatorio de la Policía Nacional se les determine una disminución de la capacidad laboral igual osuperior al setenta y cinco por ciento (75%) ocurrida en servicio activo, tendrán derecho a partir de la fecha del retiro o del vencimiento de los tres meses de alta cuando se compute como tiempo de servicio, mientras subsista la incapacidad, a que el Tesoro Público les pague una pensión mensual, que será reconocida por el Ministerio de Defensa Nacional o por la Dirección General de la PolicíaNacional, según el caso, liquidada de conformidad con los porcentajes que a continuación se señalan, con fundamento en las partidas computables que correspondan según lo previsto en el presente decreto:
30.1 El setenta y cinco por ciento (75%), cuando la disminución de la capacidad laboral sea igual o superior al setenta y cinco por ciento (75%) e inferior al ochenta y cinco por ciento (85%).
30.2 Elochenta y cinco por ciento (85%), cuando la disminución de la capacidad laboral sea igual o superior al ochenta y cinco por ciento (85%) e inferior al noventa y cinco por ciento (95%).
30.3 El noventa y cinco por ciento (95%) de dichas partidas, cuando la disminución de la capacidad laboral sea igual o superior al noventa y cinco por ciento (95%).
PARÁGRAFO 3o. A partir de la vigencia delpresente decreto, cuando el pensionado por invalidez requiera del auxilio de otra persona para realizar las funciones elementales de su vida, condición esta que será determinada por los organismos médico laborales militares y de policía del Ministerio de Defensa Nacional, el monto de la pensión se aumentará en un veinticinco por ciento (25%). Para efectos de la sustitución de esta pensión, se descontaráeste porcentaje adicional.


&$ARTÍCULO 32. RECONOCIMIENTO Y LIQUIDACIÓN DE LA INCAPACIDAD PERMANENTE PARCIAL EN COMBATE O ACTOS MERITORIOS DEL SERVICIO. El personal de Oficiales, Suboficiales y Soldados de las Fuerzas Militares, y de Oficiales, Suboficiales, Miembros del Nivel Ejecutivo y Agentes de la Policía Nacional, que adquieran una incapacidad permanente parcial igual o superior al...
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