conciliación
La Conciliación es un mecanismo alternativo de solución de conflictos, por el cual las partes acuden ante un Centro de Conciliación extrajudicial a fin que se les asistaen la búsqueda de una solución consensual al conflicto. (Base legal: Artículo 5° de la Ley 26872 - Ley de Conciliación. Artículo modificado por el artículo 1 del Decreto Legislativo 1070, publicado el28 de junio de 2008).
¿Qué son los Centros de Conciliación? ¿Cuál es su finalidad?
Los Centros de Conciliación son instituciones que tienen por objeto ejercer función conciliadora. La finalidadde los Centros de Conciliación es asistir a los particulares en la búsqueda de una solución consensual de sus conflictos (Base legal: Artículo 24º de la Ley 26872 - Ley de Conciliación).
¿Quiénesson los conciliadores?
El conciliador es la persona capacitada, acreditada y autorizada por el Ministerio de Justicia para ejercer la función conciliadora, que cumple sus labores en un centro deconciliación, propiciando la comunicación entre las partes y eventualmente proponiendo fórmulas conciliatorias no obligatorias. (Base legal: Artículo 20° de la Ley 26872-Ley de Conciliación, modificadopor el artículo 1º del Decreto Legislativo Nº 1070).
¿Cuáles son las materias contractuales conciliables en las contrataciones del Estado?
Son materias conciliables en las contrataciones del Estadotodas las referidas a la ejecución, interpretación, resolución, inexistencia, ineficacia, nulidad o invalidez del contrato, pudiendo citar como ejemplo las siguientes:
Las relativas a laliquidación del contrato de consultoría y ejecución de obra.
Las referidas a la resolución contractual.
Las relacionadas con la nulidad del contrato.
Las solicitudes de ampliación o reducción de plazo.
Lasrelacionadas con la recepción de bienes, servicios u obras; y/o conformidad de la prestación.
Las que versen sobre defectos o vicios ocultos.
Las relacionadas con el pago que la Entidad debe...
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