Conclusiones inacusatorias

Páginas: 16 (3990 palabras) Publicado: 10 de diciembre de 2010
Aquí le mando lo que utilizo cuando en un robo calificado tiene más de dos fracciones y pretenden poner lo dispuesto en el inciso d) del 236 bis de código penal para el estado de jalisco:

ahora bien no obstante la acreditación de las circunstancias agravantes descritas en la presente audiencia, en concepto del Suscrito, no resulta procedente sancionar al acusado dentro de los márgenesprevistos en el articulo 236 BIS, apartado D), del Código Penal Estatal, siendo de 08 ocho a 18 dieciocho años de prisión y hasta mil días de multa; erróneamente como lo pide la representación social, lo anterior con base a la resolución de fecha 20 veinte de febrero del dos mil ocho, emitida por la Sexta Sala del Supremo Tribunal de Justicia en el Estado de Jalisco, dentro del toca penal 28/2008;en la cual se argumenta que dicho precepto legal contraviene la garantía de especialidad o de exacta aplicación de la ley contenida en el articulo 14 de la Constitución General de la Republica, que entre otras prerrogativas, establece textualmente lo siguiente: “en los juicios del orden criminal queda prohibido imponer, por simple analogía y aun por mayoría de razón, pena alguna que no estedecretada por una ley exactamente aplicable al delito del que se trata”; así mismo contraviene el diverso principio NON BIS IN IDEM, es decir no sancionar doblemente una misma conducta; ya que dicho apartado d), anteriormente citado, de manera genérica y no especifica, establece una penalidad para el delito de ROBO, cuando concurran dos o más circunstancias agravantes, independientemente del monto de lorobado; de igual forma no precisa la sanción pecuniaria mínima, sino solamente un máximo de mil días de multa; dichas imprecisiones contravienen la garantía en análisis de exacta aplicación de la ley al delito de que se trate, cuyo significado y alcance no se limita a constreñir a la autoridad jurisdiccional a que se abstenga de imponer por simple analogía o por mayoría de razón pena alguna que noeste decretada por una ley exactamente aplicable al hecho delictivo de que se trata, sino que también obliga a la autoridad legislativa a emitir normas claras en las que se precise la conducta reprochable y la consecuencia jurídica por la comisión de un ilícito, a fin de que la pena se aplique con estricta objetividad y justicia; que no se desvié ese fin con una actuación arbitraria del Juzgador,ni se cause un estado de incertidumbre jurídica al gobernado a quien se le aplique la norma, con el desconocimiento de la conducta que constituya el delito, así como de la duración mínima y máxima de la sanción por falta de disposición expresa; en respaldo a las consideraciones jurídicas anteriormente expresadas se invoca la tesis de jurisprudencia firme, sustentada por la Primera Sala de laSuprema Corte de Justicia de la Nación, bajo el numero 1ª/J.10/2006, localizable en la pagina 84, tomo XIII, marzo del 2006, del Semanario Judicial de la Federación y su gaceta, numero de registro 175,595, correspondiente a la Novena Época, que a la letra reza:

“…EXACTA APLICACIÓN DE LA LEY PENAL. LA GARANTÍA, CONTENIDA EN EL TERCER PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 14 DE LA CONSTITUCIÓN FEDERAL, TAMBIÉNOBLIGA AL LEGISLADOR. El significado y alcance de dicha garantía constitucional no se limita a constreñir a la autoridad jurisdiccional a que se abstenga de imponer por simple analogía o por mayoría de razón, pena alguna que no esté decretada por una ley exactamente aplicable al hecho delictivo de que se trata, sino que también obliga a la autoridad legislativa a emitir normas claras en las que seprecise la conducta reprochable y la consecuencia jurídica por la comisión de un ilícito, a fin de que la pena se aplique con estricta objetividad y justicia; que no se desvíe ese fin con una actuación arbitraria del juzgador, ni se cause un estado de incertidumbre jurídica al gobernado a quien se le aplique la norma, con el desconocimiento de la conducta que constituya el delito, así como de...
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