Consorcio y Uniones Temporales
La unión temporal junto con los denominados consorcios son muy similares pero con pequeñas diferencias en ciertos aspectos, fueron parcialmente regulada por la ley 80de 1993.
Consorcio:
Cuando dos o más personas en forma conjunta presentan una misma propuesta para la adjudicación, celebración y ejecución de un contrato, respondiendo solidariamente de todas y cadauna de las obligaciones derivadas de la propuesta y del contrato. En consecuencia, las actuaciones, hechos y omisiones que se presenten en desarrollo de la propuesta y del contrato, afectarán a todoslos miembros que lo conforman.
Unión temporal:
Cuando dos o más personas en forma conjunta presentan una misma propuesta para la adjudicación, celebración y ejecución de un contrato, respondiendosolidariamente por el cumplimiento total de la propuesta y del objeto contratado, pero las sanciones por el incumplimiento de las obligaciones derivadas de la propuesta y del contrato se impondrán deacuerdo con la participación en la ejecución de cada uno de los miembros de la unión temporal.
Los miembros del consorcio y de la unión temporal deberán designar la persona que, para todos losefectos, representará al consorcio o unión temporal y señalarán las reglas básicas que regulen las relaciones entre ellos y su responsabilidad.
En los casos en que se conformen sociedades bajo cualquiera delas modalidades previstas en la ley con el único objeto de presentar una propuesta, celebrar y ejecutar un contrato estatal, la responsabilidad y sus efectos se regirá por las disposiciones previstasen esta ley para los consorcios.
Responsabilidad frente a Renta y Retención de Renta
En el Estatuto Tributario, según lo indican sus 368 y 437 (literal f), el Consorcio o la Unión Temporal esel que entra a actuar como agente de retención a título de renta en los costos y gastos en que se incurran por el desarrollo de las operaciones del consorcio o unión temporal Pero el Consorcio o la...
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