Constitución española
La constitución establecía la soberanía en la Nación (ya no en el rey), la monarquía constitucional, la separación de poderes, la limitación de los poderes del rey, el sufragio universal masculino indirecto, la libertad de imprenta, lalibertad de industria, el derecho de propiedad o la fundamental abolición de los señoríos, entre otras cuestiones, por lo que "no incorporó una tabla de derechos y libertades, pero sí recogió algunos derechos dispersos en su articulado". Además, incorporaba la ciudadanía española para todos los nacidos en territorios americanos, prácticamente fundando un solo país junto a las ex-colonias americanas.Por el contrario, el texto consagraba a España como Estado confesional católico, prohibiendo expresamente en su art. 12 cualquier otra religión, y el rey lo seguía siendo por la gracia de Dios y la Constitución. Del mismo modo, este texto constitucional no contempló el reconocimiento de ningún derecho para las mujeres, ni siquiera el de ciudadanía (la palabra "mujer" misma aparece escrita una solavez, en una cita accesoria dentro del art. 22), aunque con ello estaban en plena sintonía con la mayoría de la sociedad
Historia: Constitución de 1812 se publicó hasta tres veces en España —1812,1820 y 1836—, se convirtió en el hito democrático en la primera mitad el siglo XIX, transcendió a varias constituciones europeas e impactó en los orígenes constitucionales y parlamentarios de la mayorparte de los estados americanos durante y tras su independencia. La Constitución de Cádiz de 1812 provocó limitar el poder monarca, la abolición del feudalismo, la igualdad entre peninsulares y americanos y finalizó la inquisición. Sin embargo, la mayor parte de las investigaciones dedicadas a su estudio omiten o minusvaloran la influencia que la revolución liberal y burguesa española tuvo altransformar el imperio colonial español en provincias de un nuevo Estado, y convertir en nuevos ciudadanos a los antiguos súbditos del absolutismo, y que incluía en su definición de ciudadanos españoles no solo a los europeos, o sus descendientes americanos, sino también a las castas y a los indígenas de los territorios de América, lo que se tradujo, en tercer lugar, en su trascendencia para lasnacientes legislaciones americanas.
Las Cortes abrieron sus puertas el 24 de septiembre de 1810 en el teatro de la Isla de León para, posteriormente, trasladarse al oratorio de San Felipe Neri, en la ciudad de Cádiz. Allí se reunían los diputados electos por el decreto de febrero de 1810, que había convocado elecciones tanto en la Península como en los territorios americanos y asiáticos. A estos se...
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