Contabilidad

Páginas: 6 (1466 palabras) Publicado: 1 de diciembre de 2011
“CTS”

ESTUDIANTES:
NEIRA CHUCAS JHONATAN

DOCENTE:
CABRERA SANCHEZ MARILUZ
AMALIA
CURSO:
CONTABILIDAD II
CICLO:

II – “B”

PIMENTEL, 30 NOVIEMBRE DE 2011

Qué es la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS)?
Es un beneficio social de previsión de las contingencias que origina el cese en el trabajo y de promoción deltrabajador y de su familia. (Art. 1 TUO de la Ley CTS D.Leg. 650, aprobado por D.S.Nº 001-97-TR).
¿Quiénes se encuentran comprendidos dentro del beneficio de la CTS?
Se encuentran comprendidos dentro del beneficio de la CTS.Los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada, que cumplan cuando menos una jornada mínima de 4 horas diarias o de 20 horas semanales. (Art. 4 TUO D.Leg. 650;Art. 3 D.S. Nº 004-97-TR)
¿Quiénes están excluidos de percibir la CTS?
Se encuentran excluidos de percibir los beneficios de la CTS los siguientes grupos de trabajadores:
Trabajadores que no cumplan cuando menos una jornada mínima de 4 horas diarias o de 20 horas semanales.
Trabajadores que perciban el 30% o más del importe de las tarifas que paga el público por los servicios (no se consideratarifa las remuneraciones de naturaleza imprecisa tales como la comisión y el destajo).
Trabajadores sujetos a regímenes especiales de CTS, tales como los de construcción civil, pescadores, artistas, trabajadoras del hogar y casos análogos, los cuales se rigen por sus propias normas. (Art. 4 y 6 TUO D.Leg. 650)
¿Cuándo se produce el inicio del cómputo de la CTS? El derecho a la CTS nace desde quese alcanza el primer mes de iniciado el vinculo laboral, cumplido este requisito toda fracción laborada dentro del mes se computa por treintavos. (Art. 2 TUO D.Leg. 650)
¿Cómo se com puta el beneficio de la CTS?
El beneficio de la CTS se computa semestral mente al 18 de Mayo y al 16 de Noviembre de cada año; en las indicadas fechas se establece cuantos meses y días se acumulan, con descuentode los días de inasistencia no computables. (Art.21 TUO D.Leg. 650)
¿Cómo se produce el pago de la CTS en el caso de cese del trabajador?
La CTS que se devengue al cese del trabajador por periodo menor a un semestre le será pagada directamente por el empleador dentro de las 48 horas de producido el cese y con efecto cancelatorio. La remuneración computable será la vigente a la fecha de cese deltrabajador. (Art. 3 TUO D.Leg 650)
¿Cuál es el tiempo de servicios a considerar para el pago de la CTS?
Son computables los días de trabajo efectivo. En consecuencia los días de inasistencia injustificada, así como los días no computables se deducirán del tiempo de servicios a razón de un treintavo por cada uno de estos días. (Art. 8 TUO D.Leg. 650).
¿Qué tiempo de servicios se considera porexcepción para el pago de la CTS?
Por excepción también son computables:
Las inasistencias por accidentes de trabajo o enfermedad profesional, o enfermedades debidamente comprobadas, en un periodo máximo de 60 d días al año.
Los días de descanso pre y post natal.
Los días de suspensión de la relación con pago de remuneración por el empleador.
- Los días de huelga, siempre que no haya sidodeclarada improcedente o ilegal.
- Los días que devenguen remuneraciones en un procedimiento judicial.
(Art. 8 TUO D.Leg. 650)
¿Qué se entiende por remuneración computable para el cálculo de la CTS?
La remuneración computable, que sirve como remuneración de referencia para el cálculo de la CTS, es la remuneración básica y todas las cantidades que regularmente perciba el trabajador, en dinero o enespecie, como contraprestación de su labor, cualquiera que sea la denominación que se le dé, siempre que sea de su libre disposición. (Art. 9 TUO D.Leg. 650)
¿Cómo se produce el cálculo de la CTS?
La remuneración computable se determina sobre la base del sueldo o treinta jornales que perciba el trabajador, según sea el caso, en los meses de abril y octubre de cada año, obteniendo la equivalencia...
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