contrato de arrendamient
CLÁUSULA PRIMERA: IDENTIFICACIÓN DEL INMUEBLE ARRENDADO: "LAS ARRENDADORAS" dan en arrendamiento a "LOSARRENDATARIOS" un inmueble constituido por un local comercial propiedad de sus representados, identificado con el No. M-7, destinado a comercio, ubicado en el lado Noreste, Sector Central entre los dos vacíos de las terrazas centrales, lado Este, con frente acceso por los pasillos de circulación central del Edificio denominado Centro comercial "BARQUICENTER", situado en la avenida 20 entre calles22 y 23 de esta Ciudad de Barquisimeto, Parroquia Catedral del Municipio Iribarren del Estado Lara, el cual en lo sucesivo se denominará simplemente "EL INMUEBLE".
CLAUSULA SEGUNDA: USO DEL INMUEBLE: "LOS ARRENDATARIOS" se obligan a utilizar el inmueble arrendado, únicamente para comercio, donde funcionara la Sociedad Civil "Escritorio Jurídico Diaz Nelo y Asociados", quienes prestaran serviciode transcripción de documentos legales en general, servicio de fotocopiado, venta de timbres fiscales y artículos de oficina, asesoramiento Jurídico en General, igualmente se expenderán los productos de Coca-Cola y Pepsi-Cola, Nestlé, Nescafe, chucherías, golosinas, dulces, galletas, tortas, recargas de servicios telefónicos, no pudiendo en consecuencia darle otro uso sin el consentimiento expresoy dado por escrito por "LAS ARRENDADORAS".
CLAUSULA TERCERA: DURACION DEL CONTRATO DE ARRENTAMIENTO PRORROGA DEL MISMO. PRORROGA LEGAL. ENTREGA DEL INMUEBLE. Este contrato tendrá una duración dé DOCE (12) meses fijos que se contarán a partir del dia 1 de septiembre de 2014, hasta el 31 de agosto de 2015. En caso de que "LOS ARRENDATARIOS" continuaren ocupando el inmueble después de la fecha deculminación supra indicada, bajo ningún concepto se considerara qué ha operado LA TACITA RECONDUCCIÓN prevista y sancionada en El artículo 1600 del Código Civil, y aún en el caso de que "LAS ARRENDADORAS" haya recibido una cantidad similar a la acordada cómo canon de arrendamiento, la cual en todo caso será considerada como una indemnización por causa de la ocupación del inmueble una vez concluidoel contrato, quedando plenamente convenido que sólo mediante la suscripción bilateral de un nuevo contrato se podrá ocupar el inmueble en condición de ARRENDATARIO, y solamente gozarán del Derecho de Prórroga Legal conforme al artículo 38 del Decreto de Ley de Arrendamiento Inmobiliarios. Si "LOS ARRENDATARIOS" decidiera hacer uso de la prórroga legal el canon de arrendamiento sufrirá un...
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