Corte Suprema De Justicia
SALA DE CASACIÓN LABORAL
Magistrada Ponente: ISAURA VARGAS DIAZ.
Referencia No.33.481
Acta No. 044
Bogotá, D.C., veintinueve (29) de julio de dos mil ocho (2008).Demandada: Beatriz Elena Suaza Ospina
Demandado: Empresas publicas de medellin
Sentencia que resuelve la demanda de casacion establecida por la actora en nombre propio y en nombre de su hijaLaura Grajales contra sentencia proferida por el tribunal superor del distrito judicial de medellin en mayo de 2011
HECHOS
1)La señora Suaza actora pide que la demandada sea onligada areconocerle la pension vitalicia de sobreviviente o en subsidio en forma temporal, a ella el 50 porciento y a si hija laura Grajales el otro 50 porciento, o en ultimo caso que se le de el 100 porciento de lapension a su hija Laura Grajales
2) La señora Suaza pide dicha pension basandose en que vivio con el señor Gabriel De jesus Ospina Lopez durante mas de tres años y medio hasta la fecha de sufallecimiento
3) Durante ese tiempo aduce la demandante convivio con ellos como hija de crianza del Señor gabriel Ospina, la hija de la señora Suaza
4) La demanda aunque reconocio que pensiono al señorGabriel Ospina y que este fallecio , planteo su oposicion a las pretensiones por considerar que ella no cumple el requisito planteado en el articulo 13 de la ley 797 de 2003 en cuanto al tiempo quedebio convivir la demandante con el causante que es de 5 años y que ademas en cuanto a la menor afirma que la condicion de hija de crianza o hijastro no genera obligacion alguna para ellos comodemandados. Añadiendo ademas que la pension de sobreviviente l ha sido reconocida a Juan Felipe Ruis Londoño por habr sido judicialmente declarado hijo del causante
PRIMERA INSTANCIA
Denegaron laspretensiones de la demandante
SENTENCIA DEL TRIBUNAL
El tribunal reconoce la pension del 50 porciento percibido por el causante a Laura Grajales su “hijastra”, aludiendo que si bien esta no es hija...
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