Cpe Bolivia
Se encuentra en el Capítulo Octavo, Distribución de competencias, en los Artículos 297 al 305.
¿Cuál de las competencias permitirá o no la creación de lostributos?
El Artículo 298 hace referencia a las competencias privativas que en el numeral 19 permite la creación de impuestos nacionales, tasas y contribuciones especiales de dominio tributario delnivel central del Estado.
El Artículo 300 hace referencia a las competencias exclusivas, numerales 22 y 23 permiten a la creación y administración de impuestos, tasas y contribuciones especiales decarácter departamental.
Ubicar en la ley de autonomías sobre las competencias.
Se encuentra en:
Título V. Régimen Competencial
Capítulo I. Competencias.
Artículo 64. Competencias de las entidadesterritoriales autónomas.
Artículo 65. Competencias Concurrentes.
Artículo 66. Competencias Compartidas.
Artículo 67. Gradualidad en el ejercicio de competencias.
Artículo 68. CompatibilizaciónLegislativa.
Artículo 69. Conflictos de Competencias.
Capítulo II. Reserva de Ley, Transferencia, Delegación, Competencias no previstas.
Artículo 70. Facultad Legislativa.
Artículo 71. Reserva de Ley.Artículo 72. Clausula Residual.
Artículo 73. Competencias Concurrentes de las entidades territoriales autónomas.
Artículo 74. Competencias de la Autonomía Regional.
Artículo 75. Transferencia.Artículo 76. Delegación.
Artículo 77. Información y Participación del servicio estatal de autonomías.
Artículo 78. Garantía estatal de la prestación de servicios públicos.
Artículo 79. Competenciasno Previstas.
Capítulo III. Alcance de las Competencias.
Artículo 80. Alcance.
Artículo 81. Salud.
Artículo 82. Hábitat y Vivienda.
Artículo 83. Agua potable y Alcantarillado.
Artículo 84.Educación.
Artículo 85. Telefonía fija, móvil y telecomunicaciones.
Artículo 86. Patrimonio cultural.
Artículo 87. Recursos Naturales.
Artículo 88. Biodiversidad y Medio ambiente.
Artículo 89....
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