Credito documentario
ii. iii.
contra los documentos exigidos, siempre y cuando se hayan cumplido los términos y condiciones del Crédito. Los créditos documentarios son el medio internacional de pago que mejo r protege los intereses de las partesintervinientes implicadas, al crear el marco contractual más adecuado para el cumplimiento de sus respectivas obligaciones de conformidad con los términos y condiciones previamente pactados. El Crédito Documentario tiene una triple función: 1. Instrumento de pago.- El comprador paga el precio de las mercancías objeto del contrato a través del crédito emitido por un banco, que abonará al vendedor el importede la compra. 2. Instrumento de garantía.- Lo es para la empresa exportadora, puesto que el importe de la operación será abonado por una entidad financiera.
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El juez Donaldson L.J., junto con Ackner L.J., han dicho del Crédito Documentario: “Irrevocable letter of credit and bank guarantees given in circumstances such that they are equivalent to an irrevocable letter of credit have been saidto be the life blood of commerce. Thrombosis will occur if, unless fraud is envolved, the courts intervene and thereby disturb the mercantile practice or treating rights thereunder as being equivalent to cash in hand.” 2 Versión 1993.
3. Instrumento de crédito.- En efecto, el comprador no reembolsará al banco hasta el momento en que éste le presente los documentos recibidos del vendedor. Loscréditos documentarios están regulados por la Cámara de Comercio Internacional(CCI) a través de los Usos y Reglas Uniformes Relativas a los Créditos Documentarios (UCP).
1. LAS ETAPAS DEL CIRCUITO Desde el momento en que las partes recurren al sistema de Crédito Documentario, pueden distinguirse cuatro etapas distintas: (a) El exportador y el comprador extranjero acuerdan en el contratocompraventa que el pago se realizará mediante Crédito Documentario. de
(b) El comprador ( ordenante) pide a un banco situado en su lugar de negocio (banco emisor) que abra un Crédito Documentario a favor del exportador (beneficiario ), en los términos expresados por el comprador. (c) Dicha entidad bancaria se pone en contacto con un banco que se encuentra próximo al exportador (llamado bancoavisador) para que negocie, acepte o pague el importe de la transacción contra remisión de los documentos de transporte por parte del beneficiario. (d) El banco avisador informa al beneficario de esta situación, y podrá negociar, aceptar o pagar la factura sin asumir riesgo alguno o confirmando el crédito abierto por el banco emisor. En ocasiones, cuando una entidad bancaria está presente en los países...
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