Cuestionario marc
CUESTIONARIO PARA EL PRIMER TALLER
TEORÍA DE LA CONCILIACIÓN
GLORIA INÉS BETANCUR POSADA
CC. 43.458.950
CURSO: TEORÍA DE LA CONCILIACIÓN
DOCENTE: LUISA FERNANDA ESCOBAR ACOSTA
UNIVERSIDAD DE ANTIOQUIA
FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS
SONSÓN
2015
SOLUCIONES AL CUESTIONARIO
1. ¿Dónde se puede conciliar?
TIPO DE ASUNTO
ENTIDAD
FUNCIONARIO
Civil
Centros de ConciliaciónConciliadores
Defensoría del Pueblo
Delegados Regionales o Seccionales
Ministerio Público
Agentes del Ministerio Público en materia civil
Notaría
Notarios
Personería
Juzgados Municipales
Personero
Jueces Promiscuos o Civiles Municipales
Familia
ICBF
Defensores de Familia
Comisaría de Familia
Comisarios de Familia
Centros de Conciliación
Conciliadores
Defensoría del Pueblo
Delegados Regionales oSeccionales
Ministerio Público
Agentes del Ministerio Público en materia civil
Notaría
Notarios
Personería
Personero
Juzgados Municipales
Jueces Promiscuos o Civiles Municipales
Laboral
Inspección de Trabajo
Defensoría del Pueblo
Delegados Regionales o Seccionales
Ministerio Público
Agentes del Ministerio Público en materia Laboral
Personería
Personero
Juzgados Municipales
Jueces Promiscuos oCiviles Municipales
Administrativo
Rama Judicial
Procuradores Judiciales
Penal (delitos querellables)
Fiscalía
Fiscales que conocen del asunto
Centros de Conciliación
Conciliadores
2. ¿Quién puede conciliar?
Los funcionarios públicos determinados por la Ley como Agentes del Ministerio Público, el defensor del pueblo y sus delegados, Notarios, Personeros Municipales, los Jueces Civiles oPromiscuos Municipales y los abogados en ejercicio que acrediten la capacitación en mecanismos alternativos de solución de conflictos avalada por el Ministerio de Justicia y del Derecho, que aprueben la evaluación administrada por el mismo Ministerio y que se inscriban ante un centro de conciliación.
3. ¿Cómo se selecciona el conciliador?
El conciliador se selecciona: Por mutuo acuerdo entre laspartes; a prevención, cuando se acuda directamente a un abogado conciliador inscrito ante los centros de conciliación; por designación que haga el centro de conciliación, o por solicitud que haga el requirente ante los servidores públicos facultados para conciliar.
4. ¿Quién vigila a los conciliadores?
Los Directores de los Centros de Conciliación; en el caso de las Universidades, el Docente asesor; entodos los casos, el Ministerio de Justicia y del Derecho también es competente para ello.
5. ¿Cuánto cuesta una conciliación?
El Gobierno Nacional establecerá el marco dentro del cual los centros de conciliación remunerados, los abogados inscritos en estos y los notarios, fijarán las tarifas para la prestación del servicio de conciliación. En todo caso, se podrán establecer límites máximos a lastarifas si se considera conveniente.
6. ¿Los conciliadores pueden actuar independientemente o deben vincularse a un centro de conciliación?
Necesariamente tienen que estar vinculados a un Centro de Conciliación aprobado por el Ministerio de Justicia y del Derecho.
7. ¿Quiénes pueden crear centros de conciliación?
Las personas jurídicas sin ánimo de lucro y las entidades públicas, previaautorización del Ministerio de Justicia y del Derecho.
8. ¿Quién vigila los centros de conciliación?
El Ministerio del Interior y de Justicia.
9. ¿Qué cambios trajo el decreto 1829 de 2013, en cuanto a la forma de nombrar un conciliador?
El cambio más significativo fue el relacionado con las listas de conciliadores y árbitros, clasificadas por especialidad jurídica, de acuerdo al perfil determinadopor cada Centro de Conciliación y la conformación de la lista de Secretarios. Dichas listas deberán verificar el cumplimiento de los requisitos legales y que la hoja de vida del conciliador o árbitro, se ajuste al perfil y competencias determinadas por el Centro de Conciliación
10. ¿Es obligatorio intentar la conciliación?
Es obligatoria como requisito de procedibilidad para todos los procesos...
Regístrate para leer el documento completo.