Cultura tributaria
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|¿Qué se entiende por Equipaje?|
|Se entiende por equipaje, el conjunto de efectos de uso o consumo personal y los obsequios que trasladen los pasajeros y |
|tripulantes al arribar o salir del país, que por su naturaleza, cantidades y valores no demuestren finalidad comercial. (Art. 131 |
|Reglamento de la Ley Orgánica de Aduanas Sobre Los Regímenes de Liberación, Suspensión y OtrosRegímenes Aduaneros Especiales. |
|(R.L.O.A.S.R.L.S.O.R.A.E). |
|¿Qué se entiende por Pasajeros? |
|Se consideran pasajeros todas aquellas personas nacionales o residentes en el país que entreno salgan del territorio nacional, |
|por los lugares habilitados para operaciones aduaneras, a bordo de vehículos de transporte público o privado.(Art. 134 |
|R.L.O.A.S.R.L.S.O.R.A.E). |
|¿Qué está libre del pago de impuestos para los Pasajeros?|
|Los pasajeros podrán introducir libres del pago de gravámenes aduaneros, efectos de uso o consumo personal nuevos, cuando en su |
|conjunto, no excedan de un valor en moneda Nacional equivalente de US$ 1.000 por persona (Art. 141 R.L.O.A.S.R.L.S.O.R.A.E). |
|¿Qué pasa si excedo los US$ 1.000?|
|Si los efectos de uso o consumo personal nuevos, exceden en su conjunto los US$ 1.000, la oficina aduanera procederá a realizar |
|una liquidación por el exceso de la siguiente forma: |
|Exceso de US$ 1.001 hasta US$ 2.000 Rebaja de la tarifaaplicable a las mercancías importadas según el Arancel de Aduanas. |
|Tarifa del 20%.......rebaja del 10% Tarifa del 15%........rebaja del 5%. Para la rebaja se deducirá la liberación más la tasa por|
|servicios de aduana. |
|Exceso de US$ 2.001 en adelante, se deducirá laliberación y la rebaja, y la diferencia se regirá por el régimen de importación |
|ordinaria de mercancías. Sin embargo, no será necesaria la utilización de agente de aduanas para proceder a nacionalizar la |
|mercancía, toda vez que ésta jamás pierde su condición de equipaje. (Art. 141 R. L.O.A.S.R.L.S.O.R.A.E). |
|¿Qué pasa si no declaro el exceso de losUS$ 1.000,00? |
|El pasajero que no declare el exceso sobre la liberación de un valor en moneda Nacional equivalente a US$ 1.000, perderá el |
|disfrute de la franquicia (Art. 142 R.L.O.A.S.R.L.S.O.R.A.E). A tal efecto se pierde el beneficio descrito en el punto anterior |
|relativo a las rebajas....
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