DE LOS AUSENTES E IGNORADOS

Páginas: 8 (1938 palabras) Publicado: 5 de septiembre de 2015
DE LOS AUSENTES E IGNORADOS
CAPITULO I
DE LAS MEDIDAS PROVICIONALES EN CASO DE AUSENCIA
ARTICULO 579
El que se hubiere ausentado del lugar de su residencia ordinaria y tuviere apoderado constituido antes o después de su partida, se tendrá como presente para todos los efectos civiles, y sus negocios se podrán tratar con el apoderado hasta donde alcance el poder.
ARTICULO 580Cuando una persona haya desaparecido y se ignore el lugar donde se halle y quien la represente, el juez, a petición de parte y de oficio, nombrará un depositario de sus bienes, la citará por edictos publicados en los principales periódicos de su último domicilio, señalándole para que se presente un término que no bajará de tres meses, ni pasará de seis, y dictará las providencias necesarias paraasegurar los bienes.
ARTICULO 581
Al publicarse los edictos remitirá copia a los cónsules mexicanos de aquellos lugares del extranjero en que se puede presumir que se encuentra el ausente o que se tengan noticias de él.
ARTICULO 582
Si el ausente tiene hijos menores, que estén bajo su patria potestad, y no hay ascendiente que deba ejercerla conforme a la ley, ni tutor testamentario,ni legítimo, el Ministerio Público pedirá que se nombre tutor, en los términos prevenidos en los artículos 425 y 426.
ARTICULO 583
Las obligaciones y facultades del depositario, serán las que la ley asigna a los depositarios judiciales.
ARTICULO 584
Se nombrará depositario:
I.-Al cónyuge del ausente;
II.-A uno de los hijos mayores de edad que resida en el lugar. Si hubierevarios, el
juez elegirá el más apto;
III.-Al ascendiente más próximo en grado al ausente;
IV.-A falta de los anteriores o cuando sea inconveniente que éstos por su notoria mala conducta o por su ineptitud, sean nombrados depositarios, el juez nombrará al heredero presuntivo y si hubiere varios se observará lo que dispone el artículo 689.
ARTICULO 585
Si cumplido el término delllamamiento el citado no compareciere por sí, ni por apoderado legítimo, ni por medio de tutor o de pariente que pueda representarlo, se procederá al nombramiento de representante. Lo mismo se hará cuando en iguales circunstancias caduque el poder conferido por el ausente, o sea insuficiente para el caso.
ARTICULO 586
Tienen acción para pedir el nombramiento de depositario o de representante,el Ministerio Público, o cualquiera a quien interese tratar o litigar con el ausente o defender los intereses de éste.
ARTICULO 587
En el nombramiento de representante se seguirá el orden establecido en el artículo 584.
ARTICULO 588
Si el cónyuge ausente fuere casado en segundas o ulteriores nupcias, y hubiere hijos del matrimonio o matrimonios anteriores, el juez dispondrá que elcónyuge presente y los hijos del matrimonio o matrimonios anteriores, o sus legítimos representantes en su caso, nombren de acuerdo el depositario representante; más si no estuvieren conformes, el juez lo nombrará libremente, de entre las personas designadas por el artículo anterior.
ARTICULO 589
A falta del cónyuge, de descendientes y de ascendientes, será representante el herederopresuntivo. Si hubiere varios con igual derecho, ellos mismos elegirán el que debe representarlo. Si no se ponen de acuerdo en la elección, la hará el juez, prefiriendo al que tenga más interés en la conservación de los bienes del ausente.
ARTICULO 590
El representante del ausente es el legítimo administrador de los bienes de éste y tiene respecto de ellos, las mismas obligaciones, facultadesy restricciones que los tutores. No entrará a la administración de los bienes sin que previamente forme inventario y avalúo de ellos, y si dentro del término de un mes no presta la caución correspondiente, se nombrará otro representante.


ARTICULO 591
El representante del ausente disfrutará la misma retribución que a los tutores señalan los artículos 515, 516 y 517.
ARTICULO 592...
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