Decreto 1482/89
6. Destinarán sus excedentes a la prestación de servicios de carácter social y al crecimiento de sus reservas y fondos, sin perjuicio de amortizar los aportes y conservarlos en su valor real. 7. Adoptarán el principio de libre ingreso y retiro de sus asociados, cuyonúmero será variable e ilimitado pero en ningún caso inferior a cinco. 8. Se constituirán con duración indefinida, Artículo 3 CONSTITUCION. De conformidad y en desarrollo de la iniciativa a que se refiere el numeral 1 del artículo 2 del presente Decreto, las administraciones cooperativas se constituirán por documento privado y su personería jurídica será reconocida por el Departamento AdministrativoNacional de Cooperativas. La constitución de toda administración cooperativa se hará en asamblea de constitución, en la cual serán aprobados los estatutos y nombrados en propiedad los órganos de administración y vigilancia. El Consejo de Administración allí designado nombrará el representante legal de la entidad, quien será el responsable de tramitar el reconocimiento de la personería jurídica. Elacta de asamblea de constitución será firmada por los representantes legales de las entidades asociadas fundadoras, o sus delegados, indicando la denominación de tales entidades, la ley ordenanza o acuerdo mediante el cual se otorgó la iniciativa para la creación de la administración cooperativa, la autorización conferida a las entidades privadas sin ánimo de lucro para la suscripción del acta deconstitución, el documento de identificación legal de los representantes, y el valor de los aportes iniciales. El número mínimo de entidades fundadoras será de cinco. Artículo 4 PERSONERIA JURIDICA. El reconocimiento de personería jurídica se hará con base en los siguientes requisitos: 1. Solicitud escrita de reconocimiento de personería jurídica. 2. Acta de asamblea de constitución. 3. Textocompleto de los estatutos aprobados. 4. Ley, ordenanza o acuerdo mediante el cual se otorgó la iniciativa para la creación de la administración cooperativa.
5. Constancias de autorización para suscribir el acta de constitución expedidas por las entidades fundadoras, y certificados de existencia y representación legal de estas entidades en los casos pertinentes. El Departamento Administrativo...
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