del proceso de sucesión

Páginas: 18 (4406 palabras) Publicado: 11 de noviembre de 2015
Apertura del proceso de sucesión
Presentada la demanda con los requisitos legales y los anexos, el Juez declarará abierto el proceso de sucesión, ordenará notificar a los herederos conocidos y al cónyuge o compañero permanente, para los efectos previstos en el 162 artículo 492, así como emplazar a los demás que se crean con derecho a intervenir en él, en la forma prevista en este código. Si enla demanda no se señalan herederos conocidos y el demandante no lo es, el juez ordenará notificar al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar o a las entidades que tengan vocación legal. En todo caso, ordenará además informar a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. El auto que niegue la apertura del proceso de sucesión es apelable.
El Consejo Superior de la Judicatura llevará elRegistro Nacional de Apertura de Procesos de Sucesión y reglamentará la forma de darle publicidad. Cuando las circunstancias lo exijan, el juez ordenará la publicación en una radiodifusora con amplia sintonía en la localidad o región del último domicilio del causante.
El Registro Nacional de Apertura de Procesos de Sucesión deberá estar disponible en la página web del Consejo Superior de laJudicatura.
Si en el curso de proceso se conoce la existencia de algún heredero, cónyuge o compañero permanente, se procederá a su notificación personal o por aviso. Cuando se trate de niños, niñas, adolescentes o incapaces su notificación se surtirá a través de su representante legal y, si fuere el caso, se le designará curador ad litem.
Reconocimiento de Interesados
Para el reconocimiento de interesadosse aplicarán las siguientes reglas:
1. En el auto que declare abierto el proceso se reconocerán los herederos, legatarios, cónyuge, compañero permanente o albacea que hayan solicitado su apertura, si aparece la prueba de su respectiva calidad.
2. Los acreedores podrán hacer valer sus créditos dentro del proceso hasta que termine la diligencia de inventario, durante la cual se resolverá sobre suinclusión en él.
3. Desde que se declare abierto el proceso y hasta antes de la ejecutoria de la sentencia aprobatoria de la última partición o adjudicación de bienes, cualquier heredero, legatario o cesionario de éstos, el cónyuge o compañero permanente o el albacea podrán pedir que se les reconozca su calidad. Si se trata de heredero, se aplicará lo dispuesto en el numeral 4 del artículo 488. Encaso de que haya sido aprobada una partición parcial, no podrá ser modificada en el mismo proceso. Si la asignación estuviere sometida a condición suspensiva, deberá acompañarse la prueba del hecho que acredite el cumplimiento de la condición. Los interesados que comparezcan después de la apertura del proceso lo tomarán en el estado en que se encuentre.
4. Cuando se hubieren reconocido herederoso legatarios y se presenten otros, sólo se les reconocerá si fueren de igual o de mejor derecho. La solicitud de quien pretenda ser heredero o legatario de mejor derecho se tramitará como incidente, sin perjuicio de que la parte vencida haga valer su derecho en proceso separado.
5. El adquirente de todos o parte de los derechos de un asignatario podrá pedir dentro de la oportunidad indicada enel numeral 3, que se le reconozca como cesionario, para lo cual, a la solicitud acompañará la prueba de su calidad.
6. Cuando al proveer sobre el reconocimiento de un interesado el juez advierta deficiencia en la prueba de la calidad que invoca o en la personería de su representante o apoderado, lo denegará hasta cuando aquélla se subsane. 163
7. Los autos que acepten o nieguen el reconocimientode herederos, legatarios, cesionarios, cónyuge o compañero permanente, lo mismo que los que decidan el incidente de que trata el numeral 4, son apelables en el efecto diferido; pero si al mismo tiempo resuelven sobre la apertura de la sucesión, la apelación se surtirá en el efecto devolutivo.
Diligencia de Inventarios y Avalúos
Realizadas las citaciones y comunicaciones, se señalará fecha y hora...
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