DELITOS
DELITOS CONTRA LA FAMILIA Y EL ESTADO CIVIL
CAPITULO I
ALTERACION DEL ESTADO CIVIL
ARTICULO 280.- Comete el delito a que se refiere este capítulo, el que con el fin dealterar el estado civil incurra en alguno de los casos siguientes:
I.- Atribuir un niño recién nacido a mujer que no sea realmente su madre;
II.- Hacer registrar en las oficinas del estado civil unnacimiento no verificado; o atribuir la paternidad del
nacido a personas distintas de las verdaderas;
III.- A los padres que no presenten a un hijo suyo al Registro con el propósito de hacerleperder su estado civil, o que declaren falsamente su fallecimiento o lo presenten ocultando sus nombres o suponiendo que los padres son otras personas;
IV.- A los que substituyan a un niño por otro, ocometan ocultación de infante; y
V.- Al que usurpe el estado civil de otro con el fin de adquirir derechos de familia que no le corresponden.
En los casos de la fracción I y en el segundosupuesto de la fracción II de éste artículo, no se impondrá sanción alguna cuando el registro se realice por mera gratitud, por razón humanitaria o extrema necesidad, siempre que se trate de los abuelos otíos del registrado y el registro sea benéfico para éste.
ARTICULO 281.- A los responsables del delito previsto en el Artículo anterior, se les impondrá una sanción de uno a seis años de prisión ymulta de treinta a ochenta días salario; además perderán el derecho de heredar que tuvieren respecto de las personas a quienes, por la comisión del delito, perjudiquen en sus derechos de familia.CAPITULO II
BIGAMIA
ARTICULO 282.- Comete el delito de bigamia el que estando unido en matrimonio no disuelto ni declarado nulo por sentencia firme contraiga otro con las formalidades legales.ARTICULO 283.- A los responsables del delito de bigamia se les impondrá una sanción de uno a cinco años de prisión y multa de treinta a setenta días salario. Igual sanción se aplicará al otro contrayente,...
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