derecho comercial
En la SAS el accionista está ausente de responsabilidad tributaria y laboral, pero responsable si participa en fraude
La Ley 1258 de 2008,establece en su artículo 1º la ausencia de responsabilidad que tienen los accionistas respecto a las obligaciones laborales y tributarias que contraiga la sociedad, pero una lectura rápida ha permitidomalas interpretaciones. Veamos:
“Artículo 1º. Constitución. La sociedad por acciones simplificada podrá constituirse por una o varias personas naturales o jurídicas, quienes sólo seránresponsables hasta el monto de sus respectivos aportes.
Salvo lo previsto en el artículo 42 de la presente ley, el o los accionistas no serán responsables por las obligaciones laborales, tributarias o decualquier otra naturaleza en que incurra la sociedad.”
Lo anterior, debe interpretarse en el sentido de que si por motivos propios del giro ordinario de los negocios de la SAS, se dan dificultadespara el pago de acreencias tributarias o laborales, el patrimonio a perseguir es el de la misma sociedad mercantil.
Sólo en el caso de que dicho patrimonio sea insuficiente, el acreedor puedeperseguir el monto adeudado por los accionistas respecto a las acciones suscritas que aun no se han pagado en su totalidad, nada más, pero nunca al resto de los bienes del accionista.
¿Cuándo se podríaperseguir los bienes personales del accionista por deudas tributarias, laborales o incluso comerciales?
Cuando los accionistas de una Sociedad por Acciones Simplificada –SAS- se constituyen como entesocietario para defraudar a sus acreedores, se puede perseguir judicialmente a los accionistas que se concertaron para tal maniobra delictual, como por ejemplo: constituir una SAS, empezar a vender...
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