Derecho fiscal
UNIDAD 7. LA OBLIGACION FISCAL II
CLASE 18. PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE EJECUCION
7.1.6. PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE EJECUCION
Art. 145 C.F.F.- La AutoridadFiscal exigirá el pago de los créditos fiscales que no hubieren sido cubiertos o garantizados dentro de los plazos señalados por la ley, mediante procedimiento administrativo de ejecución.PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE EJECUCION
Art. 145
1.- INICIACIÓN: Dentro de esta etapa encontramos el requerimiento de pago que se le formula al contribuyente por parte de la Autoridad Fiscal.2.- DESARROLLO: Se encuentran contempladas el embargo que se hace a los bienes del contribuyente. Posteriormente se da el remate de dichos bienes.
3.- CONCLUSION: Aplicación del Producto, para cubrirel crédito fiscal, los accesorios y principal.
INICIACION
1.- El requerimiento siempre se formulara personalmente al sujeto pasivo o al representante legal. ART. 137 C.F.F.
2.- Serealizará en el Domicilio Fiscal. Art. 10 C.F.F.
3.- La Notificación deberá constar por escrito, señalar la autoridad que lo emite, señalar lugar y fecha de emisión, estar fundado y motivado, y expresarla resolución, objeto, o propósito de que se trate. Art. 38 C.F.F.
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7.1.7. NOTIFICACIONES
Acto por medio del cual la Autoridad Fiscal hace del conocimiento al particular contribuyente un actodeterminado que puede consistir enana orden, solicitud o resolución administrativa y puede ser realizada de las siguientes formas: PERSONAL O, CORREO CERTIFICADO, CORREO ORDINARIO O TELEGRAMA,ESTRADOS, EDICTOS, INSTRUCTIVO. Art. 134 C.F.F.
NOTIFICACION PERSONAL O CORREO CERTIFICADO ART. 134 FRAC I:
Citatorios, requerimientos, solicitudes de informes, o documentos, y de actos administrativosque puedan ser recurridos.
NOTIFICACION CORREO ORDINARIO O TELEGRAMA ART. 134 FRAC II:
Cuando se trate de actos distintos a los señalados en la fracción anterior
NOTIFICACION ESTRADOS ART....
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