Derecho
DOCENTE; Sr. Dr. MAX TANDAZO.
FORO
LA ACCIÓN EXTRAORDINARIA DE PROTECCIÓN
“OPINIÓN DE LA ACCIÓN CON EL EFECTO DE COSA JUZGADA DE LA SENTENCIAS”
De acuerdo a miopinión y la investigación realizada sobre esta acción, se procederá a interponer ante la Corte Constitucional cuando se hayan agotado los recursos ordinarios y extraordinarios dentro del términolegal en un proceso judicial, y existe la impugnabilidad en la resolución judicial, sin respuesta favorable, el procesado puede exigir la revocatoria de este derecho constitucional vulnerado.
Paraefecto de admitir este recurso la Corte contactara que estas resoluciones sean firmes y ejecutoriadas; Que el afectado demuestre que en el juzgamiento se ha violado por acción u omisión, sus derechosconstitucionales.
Esta cuestión que ha sido resuelta en juicio contradictorio por las sentencias mencionadas es decir COSA JUSGADA el demandado esgrime frente a la demanda, fundado en una sentenciaanterior que impide el pronunciamiento sobre el fondo en el proceso en curso y con el que pretende lograr una absolución. Se alega como excepción perentoria, aunque puede ser apreciada de oficio por eljuez. Su efecto más típico es el non bis in ídem, expresión que indica que no puede haber dos procesos sobre un mismo asunto.
Y cuando no queda recurso alguno salvo los supuestos extraordinarios que laley establezca (por ejemplo de revisión y de rehabilitación), bien por haber sido consentida por las partes cuando hayan transcurrido los términos establecidos para preparar, interponer o mejorarcualquier recurso sin haberlos utilizado.
También existe la presunción de cosa juzgada, que requiere, para que surta efecto en otro juicio, que entre el caso resuelto por la sentencia y aquél en queésta sea invocada, concurran la más perfecta identidad entre las cosas (el petitum), las causas de pedir, las personas de los litigantes y la calidad con que lo fueron.
Se entiende que hay identidad...
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