derecho
Doctora MARÍA LORENA RAZZO ARIZA, abogada, como apoderada de UNIVERSIDAD DE ESPECIALIDADES ESPIRITU SANTO,comparezco ante usted a presentar una demanda, con la finalidad de iniciar un arbitraje de derecho.
Al efecto declaro lo siguiente:
I. CONVENIO ARBITRAL
El convenio arbitral que habilita lapresentación de esta demanda está contenido en la cláusula octava del contrato de construcción notariado en el cantón Guayaquil por el notario Trigésimo Octavo.
Según el referido convenio el arbitrajeserá de derecho.
II. DEMANDANTE
El demandante es la UNIVERSIDAD DE ESPECIALIDADES ESPÍRITU SANTO, Iinstitución Estudios Superiores nacional de prestigio y sin animo de lucro, constituida bajolas normas que rigen en Ecuador, por representacion de la suscrita apoderada especial Maria Lorena Razzo Ariza, Abogada, especializada en Mediacion y Arbitraje, mayor de edad, numero de cedula1254669845, Nacionalidad Ecuiatoriana.
III. DEMANDADA
El demandada es la COMPAÑIA JUAN SIN FIERRO, una sociedad constituida con arreglo a las leyes del Ecuador, y cuyo representante legal es la abogadaSHIRLEY BARAHONA.
IV. FUNDAMENTOS DE LA DEMANDA
1. El día 1 de Enero de 2006 se dio en pago el 50% como cuota inicial que eran $1´000.000.ºº dólares, a la COMPAÑÍA JUAN SIN FIERRO, del valorpactado, que en su totalidad eran $2´000.000.ºº dólares por la construcción de un nuevo edificio que sería designado a la facultad de Derecho, Desarrollo y Políticas de la UNIVERSIDAD DEESPECIALIDADES ESPÍRITU SANTO.
Las partes pactaron que el pago del restante 50% seria por planilla de obra mensual, durante un año calendario.
La finalización de la obra en su totalidad debio haber sido el31 de Diciembre de 2006.
2. Las partes pactaron claramente que la fecha de entrega del edificio era el día 31 de Diciembre del 2006 la COMPAÑÍA JUAN SIN FIERRO incumplio esta c... [continua]...
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