Derecho
Prohibición análoga en materia penal
Ya esconocido que la analogía, sólo prospera para la materia civil, pero nunca podrá ser utilizada en materia penal, porque es evidente que se estaría atentando contra la tipicidad del delito. La novísimaConstitución de la República Bolivariana de Venezuela de 1999, en sus Artículos 137 (principio de legalidad) y 49, numeral 6, señala: “Ninguna persona podrá ser sancionada por actos u omisiones que nofueren previstos como delitos, faltas o infracciones en leyes preexistentes”. Esta disposición lo que nos quiere reflejar es que no se puede aplicar, por vía analógica, una pena que no estéestablecida en una Ley preexistente. Así mismo, los artículos 1 y 2 del Código Penal Venezolano y 1 del Código Orgánico Procesal Penal sustentan las normas constitucionales con respecto a la prohibición de laanalogía en materia penal por el principio de legalidad.
Ahora bien, en materia penal, la norma, por el hecho de existir se interpreta; lo que no puede es Integrarse al Derecho, porque en materiapenal no es posible hablar de vacío legislativo o de laguna legal, como falta de previsión legislativa; por esta razón, bien vale la pena citar los siguientes artículos del Código Orgánico ProcesalPenal Venezolano:
Artículo 6. Obligación de Decidir: Los jueces no podrán abstenerse de decidir su pretexto de silencio, contradicción, deficiencia, oscuridad o ambigüedad en los términos de las...
Regístrate para leer el documento completo.