Derecho
España, uno de los países mas desarrollados y avanzados legalmente en este tema, prohíbe la clonación humana o la creación genética de razashumanas, según lo establece la " Ley sobre técnicas de reproducción asistida". Esto también es regulado por el código penal, que en uno de sus artículos castigala alteración del genotipo con finalidad experimental y la fecundación de óvulos humanos con distinto fin de la procreación humana. Por lo tanto el Genoma Humanoes considerado como un bien jurídico protegido y protegible.
Ahora, el problema está en saber cuál es el límite y quien lo fija, porque por ejemplo, nuestroCódigo Penal dice: " Queda prohibida toda manipulación sobre el genoma excepto que sea para suprimir taras o enfermedades graves."
¿ A qué se refiere con taras oenfermedades graves? Rápidamente podríamos decir que solo la manipulación podría ser utilizada por aquellas personas con síndrome de Down, o sordas, o en personasen estado vegetativo y muchas otras situaciones que muestran a la persona con enfermedades graves o con riesgos de vida. En fin, esto podría llevar a confusiones y aequivocaciones. Es así, que el dilema ético que se suscita va más allá de la regulación jurídica.
Lo que debemos proteger es la diversidad genéticaprincipalmente, no solo la raza humana; ya que si la manipulación genética se realizaría descontroladamente el peligro sería el empobre cimiento genético.
Finalmente, nosqueda decir, que "desde una perspectiva ético -histórica, hay que comprender una cosa: lo nuevo genera angustias "( www.geocities.com/ genetica2000/manip.htm).
Regístrate para leer el documento completo.