Derecho
C. PRESIDENTE DEL H. TRIBUNAL ESTATAL
DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE
P R E S E N T E
M. EN A.P. GUILLERMO LEGORRETA MARTÍNEZ,Presidente Municipal del H. Ayuntamiento Constitucional de Toluca, quien acredita su personalidad en términos de la Gaceta del Gobierno, Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano deMéxico, Número Veintiséis, de fecha nueve de febrero del año dos mil doce, que contiene Decreto número 414 de la Honorable “LVII” Legislatura del Estado de México; documento que se acompaña al presente,ante Usted comparezco para exponer:
Que con fundamento en la reforma a los artículos 48 fracción IV, 50 y 53 fracción I de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, publicada en laGaceta del Gobierno del Estado Libre y Soberano de México, número 84 de fecha treinta de octubre de dos mil doce; otorgo al M. en D. SERGIO ILICH SÁNCHEZ MADRAZO, LICENCIADAS KARIME MUHECH MORALES yMARTHA PATRICIA BACILIO GONZALEZ y pasantes de derecho VÍCTOR MANUEL PERALTA FLORES y MARCELA ARRIAGA VIVEROS, poder amplio, cumplido y bastante para que conjunta o separadamente representen alAyuntamiento Constitucional de Toluca, en todos los trámites, juicios y procedimientos en que el Ayuntamiento sea parte, que se tramiten ante cualquier autoridad administrativa, judicial o jurisdiccional y enespecial ante la Procuraduría de la Defensa del Trabajo, el Tribunal Estatal de Conciliación y Arbitraje, los Tribunales Laborales y las Juntas de Conciliación y Arbitraje, ya sean de esta entidad, deotra, o de la Federación; facultándolos de manera enunciativa y no limitativa, para que en el desarrollo de esta representación puedan actuar frente o ante los sindicatos con los cuales existancelebrados contratos o convenios colectivos de trabajo, suscribir convenios, contestar demandas y reconvenciones, oponer defensas y excepciones, ofrecer y objetar pruebas, intervenir en todo tipo de...
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