Derecho
Las tendencias unificadoras del derecho contractual europeo
M.ª Paz Sánchez González - Profesora titular de Derecho civil Universidad de Cádiz Revista de Derecho Privado - Núm. 2003-06, Noviembre 2003
Id. vLex: VLEX-NI357 http://www.vlex.com/vid/205952Resumen
SUMARIO
1. A MODO DE PRESENTACIÓN. 2. EL ORIGEN DEL PROBLEMA. 3. ALGUNAS PROPUESTAS DE SOLUCIÓN : LA POSICIÓN INSTITUCIONAL COMUNITARIA: 3.1. Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo de 11 de julio de 2001. 3.2. Resolución del Parlamento Europeo de 15 de noviembre de 2001. 3.3. Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo de 15 de marzo de2003. 4. EL CÓDIGO EUROPEO DE LOS CONTRATOS : 4.1. Primera etapa: los estudios de Derecho comprado. 4.2. Segunda etapa: el soft law. 4.3. Tercera etapa: un texto europeo sustitutivo de legislaciones nacionales. 5. A MODO DE CONCLUSIÓN .
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1. A MODO DE PRESENTACIÓN
La consecución de una cierta homogenización europea de las reglas aplicables al Derecho patrimonial constituye una necesidad sentida, desde hace ya tiempo, en bastantes ámbitos jurÃ-dicos. La integración económica y polÃ-tica de los paÃ-ses europeos se verÃ-a favorecida por una integración jurÃ-dica, que podrÃ-a tener adecuado inicio en launificación de los principios rectores de las relaciones contractuales: la verdadera unificación del mercado en Europa sólo se conseguirÃ-a en la medida en que las reglas a las que tuviesen que someterse los operadores jurÃ-dicos fuesen las mismas. Con ello se ganarÃ-a en seguridad jurÃ-dica y se reducirÃ-an los costes de las transacciones.
consecución de esa unificación contractual por la vÃ-a de unacodificación europea, no vamos a detenernos más de lo estrictamente necesario en la exposición de aquellas cuestiones que, por ser sobradamente conocidas, forman parte de la cultura jurÃ-dica actual.
En una entrevista realizada a DÕEZ-PICAZO y publicada recientemente 1, el Profesor recomendaba a los jóvenes investigadores «que no cometan el constante error de redescubrir elMediterráneo». Me parece que el consejo vale no sólo para los «jóvenes investigadores», sino para cualquiera que 2. EL ORIGEN DEL PROBLEMA dedique tiempo al estudio y a la exposición de las conclusiones obtenidas a través del mismo. Por ello, desde estas lÃ-neas preliminares, conviene poner de manifiesto que, siendo el objetivo central del presente trabajo el análisis de las más trascendentesiniciativas El origen remoto de los vientos de uniformidad —públicas y privadas— en orden a la que hoy barren Europa se encuentra en la
De otra parte, aún cuando en el momento de redactar las presentes lÃ-neas sólo puede hablarse de «tendencias unificadoras», en el sentido de que los trabajos conducentes a un posible código europeo de los contratos se encuentran en fase de elaboración, lamagnitud de los cambios que pudieran derivarse de su implantación justifican plenamente la conveniencia de estar al tanto de esos trabajos previos. La importancia de esta apreciación se subraya por la invitación cursada por los órganos de la Comunidad Europea para la participación en el debate público acerca del Derecho contractual europeo 2, lo que, obviamente, requiere el previo conocimientode las actuaciones que se han venido realizando sobre el particular.
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ruptura de la unidad legislativa que se produce con las codificaciones liberales. En efecto, con anterioridad al fenómeno codificador, hasta el siglo...
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