derechos humanos
PROTOCOLO A LA CONVENCION AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS
RELATIVO A LA ABOLICION DE LA PENA DE MUERTE
PREÁMBULO
LOS ESTADOS PARTES EN EL PRESENTE PROTOCOLO;
CONSIDERANDO:
Que el artículo 4 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos reconoce el
derecho a la vida y restringe la aplicación de la pena de muerte;
Que toda persona tiene el derechoinalienable a que se le respete su vida sin que este derecho
pueda ser suspendido por ninguna causa;
Que la tendencia en los Estados americanos es favorable a la abolición de la pena de muerte;
Que la aplicación de la pena de muerte produce consecuencias irreparables que impiden
subsanar el error judicial y eliminar toda posibilidad de enmienda y rehabilitación del procesado;
Que la abolición de la pena de muerte contribuye a asegurar una protección más efectiva del
derecho a la vida;
Que es necesario alcanzar un acuerdo internacional que signifique un desarrollo progresivo de
la Convención Americana sobre Derechos Humanos, y
Que Estados Partes en la Convención Americana sobre Derechos Humanos han expresado
su propósitode comprometerse mediante un acuerdo internacional, con el fin de consolidar la
práctica de la no aplicación de la pena de muerte dentro del continente americano,
HAN CONVENIDO
en suscribir el siguiente
PROTOCOLO A LA CONVENCIÓN AMERICANA
SOBRE DERECHOS HUMANOS RELATIVO A LA
ABOLICIÓN DE LA PENA DE MUERTE
Artículo 1
Los Estados Partes en el presente Protocolo no aplicarán en suterritorio la pena de muerte a ninguna persona sometida a su jurisdicción.
Artículo 2
1. No se admitirá ninguna reserva al presente Protocolo. No obstante, en el momento de la ratificación o adhesión, los Estados Partes en este instrumento podrán declarar que se reservan el derecho de aplicar la pena de muerte en tiempo de guerra conforme al derecho internacional por delitos sumamente graves decarácter militar.
2. El Estado Parte que formule esa reserva deberá comunicar al Secretario General de la Organización de los Estados Americanos, en el momento de la ratificación o la adhesión las disposiciones pertinentes de su legislación nacional aplicables en tiempo de guerra a la que se refiere el párrafo anterior.
3. Dicho Estado Parte notificará al Secretario General de la Organizaciónde los Estados Americanos de todo comienzo o fin de un estado de guerra aplicable a su territorio.
Artículo 3
El presente Protocolo queda abierto a la firma y la ratificación o adhesión de todo Estado Parte en la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
La ratificación de este Protocolo o la adhesión al mismo se efectuará mediante el depósito de un instrumento de ratificación o deadhesión en la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos.
Artículo 4
El presente Protocolo entrará en vigencia, para los Estados que lo ratifiquen o se adhieran a él, a partir del depósito del correspondiente instrumento de ratificación o adhesión en la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos (OEA).
PROTOCOLO A LA CONVENCION AMERICANA SOBREDERECHOS HUMANOS RELATIVO A
LA ABOLICION DE LA PENA DE MUERTE
PREAMBULO
LOS ESTADOS PARTES EN EL PRESENTE PROTOCOLO;
CONSIDERANDO:
Que el artículo 4 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos reconoce el derecho a la
vida y restringe la aplicación de la pena de muerte;
Que toda persona tiene el derecho inalienable a que se le respete su vida sin que este derecho
pueda sersuspendido por ninguna causa;
Que la tendencia en los Estados americanos es favorable a la abolición de la pena de muerte;
Que la aplicación de la pena de muerte produce consecuencias irreparables que impiden subsanar
el error judicial y eliminar toda posibilidad de enmienda y rehabilitación del procesado;
Que la abolición de la pena de muerte contribuye a asegurar una protección más efectiva...
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