Divorcio
El capítulo III del código de procedimientos civiles para el estado de Michoacán nos habla de todo acerca de la prueba, desde al artículo 340 al 367.
Este último artículo me parecióinteresante ya que señala todas las clases de pruebas que pueden ser presentadas en un proceso:
Artículo 367. La ley reconoce como medios de prueba los siguientes:
I. Confesión.
II. Instrumentospúblicos y auténticos.
III. Documentos privados.
IV. Dictámenes periciales.
V. Reconocimiento o inspección judicial.
VI. Testigos.
VII. Presunciones.
VIII. Fotografías, copias fotostáticas, registrosdactiloscópicos y, en general, todos aquellos elementos aportados por los descubrimientos de la ciencia.
IX. Los demás medios que produzcan convicción en el juzgador.
Después comenzamos a ver lorelacionado con el divorcio, de lo visto la clase de ayer entendí que el divorcio es la disolución del vinculo matrimonial y deja con capacidad a los que fueron cónyuges para contraer matrimonio de nuevosi así lo quieren, el divorcio se puede dar de manera voluntaria o necesaria.
• Es voluntario cuando se solicita de mutuo consentimiento por los cónyuges y se sustanciará administrativa ojudicialmente, según las circunstancias del matrimonio.
• El divorcio administrativo, se daba cuando se tenía más de un año de casados, no había hijos, o si los habían, tenían que ser mayores de edad y no...
Regístrate para leer el documento completo.