doctor

Páginas: 20 (4870 palabras) Publicado: 26 de agosto de 2014
Requisitos y Pasos

 Requisitos



en Puerto Vallarta




http://tramites.jalisco.gob.mx/infoTramite_hac.php?ac=2&id2=967
Requisitos del Trámite Juicio de Adopción
La adopción es determinada por juzgado   y puede ser: Simple o Plena:
En la adopción simple: se realiza una anotación el acta de nacimiento del menor para especificar quienes lo adoptan.
En la adopción plena: serealiza una acta de nacimiento donde los adoptantes figuran como Padres.
Cualquier proceso de adopción se realiza ante un Juez de primera instancia del lugar en que reside la persona que se pretende adoptar en los términos del Código de Procedimientos Civiles (si desea puede consultar las leyes del Estado de Jalisco ) .
Para realizar la adopción debe recurrir a los servicios de un abogado, puedesolicitar asesoría jurídica en la Procuraduría Social .
   Requisitos para el acta de adopción: presentar ante el oficial del registro civil:
copia certificada de la sentencia que dictó el juez,   de la certificación de que ha causado estado y el oficio que ordene el registro de adopciónhttp://www.jalisco.gob.mx/wps/portal/!ut/p/c4/04_SB8K8xLLM9MSSzPy8xBz9CP0os3gzb2djr1AXEwODMEdnA8_gMAPXoBBHY19nE_2CbEdFAGfEbAo!/?WCM_GLOBAL_CONTEXT=/wps/wcm/connect/portaljalisco2009/contenidos/organismos+publicos/registrocivil/tema2/pj_contiregcivilregadopcion
Código de Procedimientos Civiles en el Estado de Jalisco
CAPITULO IV
De la Adopción
Artículo 1027. El que pretenda adoptar a alguna persona, deberá acreditar los requisitos establecidos en
el Código Civil, según se trate de adopción plenao simple, los cuales deberán de acompañarse en la promoción inicial, y en la cual deberán manifestar: el nombre y edad del menor o incapacitado, el nombre y domicilio de quienes ejerzan sobre él la patria potestad o la tutela y, en su caso, el de la persona o del organismo público o privado que lo tenga bajo su custodia.
En caso de que a consideración del Juez, faltare algún documento paraacreditar los requisitos que establece el Código Civil, éste prevendrá a los solicitantes para que los presenten en un término prudente que concederá al efecto, el que en ningún caso excederá de diez días, apercibiéndolos de que si no los presentan en ese término se les tendrá por desistido al trámite.
Artículo 1028. Admitida la solicitud, el juez escuchará a quien haya otorgado el consentimiento afin de
que el mismo sea ratificado, y dará vista al Agente de la Procuraduría Social y al Consejo de Familia,
para que éstos manifiesten lo que a su representación corresponda.
En los procedimientos de adopción no será necesario el nombramiento de tutor dativo siempre que no
exista oposición a la misma.
En el mismo auto se hará la declaración del Estado de Minoridad, se nombrará tutordativo especial, cuando corresponda, y se señalará día y hora para la celebración de una audiencia a fin de desahogar las pruebas que fueren necesarias.
Artículo 1029. Cuando el Código Civil lo señale y el adoptante y adoptado pidan que la adopción sea
revocada, o se solicite la conversión de adopción simple a adopción plena, el juez los citará a una
audiencia en que se escuchará a las partes.En su resolución atenderá siempre a la conveniencia de los intereses morales y materiales del adoptado; en ambos casos se deberá oír al Agente Social y al Consejo de Familia Estatal, Municipal o Intermunicipal según sea el caso, los cuales deberán presentarse en la misma audiencia.
Si el adoptado fuere menor de edad, no se decretará la conversión, sin escuchar, cuando sea posible, a
quien oquienes manifestaron su consentimiento para la adopción.
Artículo 1030.- Derogado.
Artículo 1031. Rendidas las justificaciones y desahogadas las pruebas, el juez dictará su resolución, en
un término no mayor de quince días de la celebración de la audiencia, y al causar Estado remitirá copias de la misma al Oficial del Registro Civil para que levante el acta correspondiente, o para que...
Leer documento completo

Regístrate para leer el documento completo.

Estos documentos también te pueden resultar útiles

  • Doctor
  • Doctora
  • Doctor
  • Doctor
  • Doctor
  • Doctorado
  • Doctor
  • Doctor

Conviértase en miembro formal de Buenas Tareas

INSCRÍBETE - ES GRATIS