documentos de tramites bancarios
LEY DE CHEQUES (N° 14.412): determina la ley que existen dos clases de cheques:
Cheque común.
Cheque de Pago diferido.
CHEQUE COMÚN:
Concepto: el chequecomún es una orden de pago escrita, pura y simple que se libra contra un Banco donde el librador debe tener fondos suficientes depositados a su orden en cuenta corriente o autorización expresa o tácitapara girar en descubierto siempre que las reglamentaciones del Banco Central del Uruguay (BCU) así lo permitan (Ley de cheques Nº 14.412).
Análisis de la definición legal del cheque común:
1) Ordende pago escrita: es una orden de pago que figura en el propio cheque. El Banco deberá cumplir dicha orden pagando el cheque y debitando el importe del mismo de la cuenta corriente del librador quedandoel cheque en el Banco como recibo. El librador no puede condicionar su orden y tampoco puede revocarla salvo en dos situaciones, que la ley expresamente aclara: violencia al librarlo o extravío deldocumento. En ambos casos denunciará la situación ante el Banco y la policía.
2) Banco: ésta es la institución autorizada por el BCU.
En la actualidad se han sumado otras organizaciones financierasllamadas de ahorro y crédito. Se asimilan a Bancos. Ej: Cofac, Caycu, Fucac, etc.
3) Fondos suficientes: la ley establece que el librador no solo está obligado a tener fondos en su cuenta corriente,sino que éstos deben ser suficientes.
4) Cuenta corriente: la única forma autorizada a emitir cheques es teniendo una cuenta corriente bancaria, que surge de un contrato entre el Banco y su cliente.5) Autorización expresa o tácita para girar en descubierto: la ley reglamenta la posibilidad de que el Banco otorgue crédito a su cliente cuenta correntista.
Pueden presentarse dos situaciones:
a)La situación legal, que la ley llama autorización expresa, es decir que el Banco y su cliente acuerden por escrito una autorización de sobregiro por cierta cantidad de dinero.
b) La situación...
Regístrate para leer el documento completo.