Efectos de obligaciones

Páginas: 30 (7258 palabras) Publicado: 1 de octubre de 2010
MARICELA SOLIS SOLIS ID: 47839
CIVIL III
EFECTOS DE
OBLIGACIONES

PROF: DAVID HERNÁN CÓRTEZ VILLANUEVA

INTRODUCCION
TEORIA DE LOS RIESGOS
De acuerdo con el Código Civil Francés el riesgo es del acreedor. Ello resulta lógico pues en el derecho francés el perfeccionamiento de un contrato genera "efectos reales", es decir, por el sólo contrato nacen o se constituyen no sólo derechospersonales, sino que también derechos reales, como la propiedad. Así, en el Derecho francés, el contrato de compraventa no sólo hace titular al comprador de un derecho para exigir que se le entregue la cosa, sino que lo hace dueño. Por lo tanto, el riesgo es siempre del dueño (res perit domino) que es al mismo tiempo acreedor (res perit creditore)
En los ordenamientos donde el contrato no tieneeficacia real, es decir, no genera derechos reales, sino exclusivamente derechos personales, para transferir el dominio (u otro derecho real) se requerirá de un modo de adquirir. El modo más típico será la tradición, o entrega hecha con la intención de transferir el dominio.
Si los contratos no tienen "eficacia real", debemos responder sobre la suerte de las obligaciones cuando el objeto delcontrato se pierde por un caso fortuito. Por una parte, la destrucción fortuita de la cosa siempre extingue la obligación que tenía por objeto esa cosa. Por otra parte, respecto de la obligación de la otra parte, caben dos posibilidades:
• Si el riesgo es del deudor o sea, quien estaba obligado a dar la cosa que se destruyó fortuitamente, entonces la obligación del acreedor se extingue también y sitodavía no cumplía con su prestación, nada debe hacer, y si ya la cumplió tiene derecho a ser restituido.
• Si en cambio, el riesgo es del acreedor, frente a la destrucción fortuita de la cosa, su obligación sigue en pie, debe cumplirla si se encuentra pendiente o si ya la cumplió no puede ser restituido.
El hecho del caso fortuito o la fuerza extingue la obligación que recae en una cosa o cuerpocierto, a su vez la inimputabilidad del incumplimiento no permite que opere el cumplimiento por equivalencia, por cuanto cabe determinar si la perdida de la cosa que se debe por caso fortuito debe ser soportada por la contraparte. Art. 929.-En la venta de un "cuerpo cierto", el riesgo de la pérdida por fuerza mayor o caso fortuito ocurrido antes de su entrega, corresponderá al vendedor, salvo queel comprador se constituya en mora de recibirlo y que la fuerza mayor o el caso fortuito no lo hubiera destruido sin la mora del comprador. En este último caso, deberá el comprador el precio íntegro de la cosa. Autor No. 62, Tomo I, pp. 123 – 124 “Doctrinariamente se ha sostenido que la Teoría de los Riesgos es una estructuración doctrinaria y jurisprudencial, de base legal, que tiende a precisara quién deben imputarse las contingencias de la pérdida o deterioro de la cosa que se debe. Se afirma igualmente por la doctrina que, tal teoría sólo puede tener aplicación en las obligaciones que tienen por objeto una prestación de dar una especie o cuerpo cierto y que la misma no tiene cabida alguna en las obligaciones que tienen por objeto una prestación de dar un género, en aplicación delprincipio de que los géneros no perecen.
Pero, ya hemos tenido ocasión de pronunciarnos sobre este particular, pues los géneros es evidente que si perecen o pueden perecer; lo que ocurre es que la solución que brinda tal teoría es diferente cuando el objeto de la prestación debida es dar o transferir un género, que cuando es dar o transferir un cuerpo.

México
• El riesgo es siempre deldueño, res perit domino; en el Derecho mexicano la cuestión estriba en saber en qué momento se transfiere el derecho de propiedad, la solución radica en determinar si la cosa transferida es cierta y conocida por el adquiriente, si es así, al cosa se transfiere al patrimonio del adquiriente, y éste es ya dueño de la cosa, aun cuando no haya pagado por ella. Así por ejemplo, si se compra un cuadro...
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