egresada
Por su parte, el poderes un acto jurídico unilateral que consiste en otorgarle a una persona, por escrito, facultades para celebrar un contrato opara que contrate a su nombre. Ahora bien, cuandola persona acepta el poder y ejerce la representación, deja de ser un acto jurídico unilateral para convertirse en un acuerdo de voluntades; por tanto yano se habla de un poder, sino de uncontrato (acto jurídico bilateral) denominado mandato.
La representación es la figura jurídica que permite alterar o modificar el ámbito personal o patrimonialde una persona, por la actuación deotra capaz, quien actúa siempre a nombre de la primera, ésta se manifiesta a través del mandato o poder.
Mandato
En términos del artículo 2546 del CCF, elmandato es un contrato, por el cual elmandatario se obliga a ejecutar, por cuenta del mandante, los actos jurídicos que éste le encarga.
CONCEPTO DE PODER.
El termino o expresión poder, tienediversas acepciones y es necesariodilucidarlas, para no incurrir en la confusión de esta figura jurídica con otras, con las que tiene cierta analogía y que a menudo los códigos civiles y en ladoctrina confunden.
En primer lugar,se entiende por poder, el medio, instrumento o camino por virtud del cual la manifestación unilateral de voluntad de una persona, confiere u otorga facultades a otrapara que la represente ,actuando siempre a nombre del representado.
Se indica que el poder es el camino, es el medio o el instrumento para otorgar una representación voluntaria, para no confundiren primer lugar, la personaque otorga las facultades, con la persona a quien se inviste de tales facultades para actuar y que presupone o da idea de una relación de medios, ya que el representante... [continua]
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