El Gato Con Botas

Páginas: 37 (9232 palabras) Publicado: 29 de noviembre de 2012
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 256 Miércoles 24 de octubre de 2012 Sec. I. Pág. 75008

I.

DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
13168
Orden HAP/2259/2012, de 22 de octubre, por la que se modifican los módulos del régimen simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido aprobados por la Orden EHA/3257/2011, de 21 de noviembre, por la que sedesarrollan para el año 2012 el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido.

cve: BOE-A-2012-13168

En relación con el Impuesto sobre el Valor Añadido, la presente Orden incorpora la revisión de los módulos a fin de actualizar su importe en paralelo a la subida de tipos impositivos dispuestapor el artículo 23 del Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, precepto que ha modificado el apartado uno del artículo 90 y el artículo 91, ambos, de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, estableciendo que, desde el 1 de septiembre de 2012, el tipo general del Impuestopasa a ser el 21 por ciento y el reducido del 8 por ciento se eleva al 10 por ciento. Además, dicha subida de tipos se ve acompañada con otras medidas adicionales por las que determinadas categorías de bienes y servicios pasan a tributar a un tipo impositivo distinto; tal es el supuesto de ciertos productos y servicios que venían tributando al tipo reducido del 8 por ciento y pasan a hacerlo al tipogeneral del 21 por ciento, como es el caso, en cuanto a la aplicación del régimen simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido, de los servicios relacionados con la práctica del deporte y los servicios de peluquería. En este sentido, con el fin de simplificar los cálculos, se ha dispuesto, para los módulos no monetarios, una tabla única que incorpora el aumento de tipos distribuido a lo largode todo el año, evitando de esa forma la utilización de dos tablas, una hasta el 31 de agosto con los módulos sin aumento y otra desde esa fecha hasta el 31 de diciembre, con la totalidad del incremento previsto. Por otra parte y, con el objetivo de diferir financieramente el impacto del aumento de tipos, se dispone la utilización de la tabla derivada de la presente Orden exclusivamente para elcálculo de la cuota correspondiente al cuarto trimestre, puesto que, para el cálculo del ingreso a cuenta del tercer trimestre han sido aplicables los módulos aprobados por la Orden EHA/3257/2011, de 21 de noviembre; debiéndose efectuar en el cuarto trimestre la regularización que corresponda con los nuevos módulos. Sin embargo, los sujetos pasivos que hayan cesado antes del 1 de octubre de 2012, y,en su caso, los que opten por la renuncia extraordinaria al régimen simplificado que se contempla en esta Orden, así como las actividades de temporada que hayan finalizado antes del 1 de octubre de 2012 aplicarán, exclusivamente, la tabla en vigor durante el ejercicio 2012, aprobada por la Orden EHA/3257/2011, de 21 de noviembre, salvo para los módulos monetarios, no afectándoles, enconsecuencia, el aumento de tipos impositivos. Como consecuencia de esta modificación, la disposición adicional primera establece un plazo especial de renuncia, desde el día siguiente a la fecha de publicación de la presente Orden y a lo largo del mes de noviembre de 2012, que exclusivamente podrá realizarse de forma expresa en aras de una mayor seguridad jurídica. Dicha renuncia tendrá efectos desde el 1 deenero de 2013, en el caso del método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y en el caso del régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido, tendrá efectos desde el 1 de octubre de 2012, para los titulares de las actividades afectadas. Por último, las disposiciones adicionales segunda, tercera y cuarta contienen, respectivamente, las reglas...
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