El Laudo Arbitral
El laudo arbitral no es más que la decisión de los árbitros, ajustada al derecho o la equidad, y la cual se debe concretar dentro del plazo establecido en el compromiso arbitral(artículo 623 CPC).
En el artículo 624 CPC, se estableció que los fallos de los árbitros son inapelables. Sin embargo, si los árbitros hubieren sido de derecho, se permite pacto en contrario, siempreque conste en el compromiso. Esta apelación se hará para ante el Tribunal Superior natural o para ante otro Tribunal de arbitramento que hayan constituido las partes con ese fin.
Nulidad del LaudoLa decisión arbitral podrá ser considerada nula cuando encuadre en uno de los supuestos taxativamente previstos en el ordenamiento jurídico vigente. Estas causales las encontramos en el artículo 626del CPC y en el artículo 44 de la Ley de Arbitraje Comercial.
Las causales previstas en el CPC son las siguientes:
Si se hubiere pronunciado sobre la materia de un compromiso nulo o que hayacaducado, o fuera de los límites del compromiso;
Si la sentencia no se hubiere pronunciado sobre todos los objetos del compromiso, o si estuviere concebida en términos de tal manera contradictorios que nopueda ejecutarse; y,
Si en el procedimiento no se hubieren observado sus formalidades sustanciales, siempre que la nulidad no se haya subsanado por el consentimiento de las partes.
Los Laudosemitidos por Tribunales Arbitrales con vista a nuestro ordenamiento legal son siempre ejecutables, por considerarse que los mismos tienen la fuerza legal de una sentencia emanada de un tribunal competente;y,
Los Laudos emitidos por Tribunales Arbitrales, de conformidad con un ordenamiento jurídico distinto al venezolano, serán ejecutables en Venezuela siempre que el país de origen del mismo hayasuscrito la “Convención de las Naciones Unidas sobre Reconocimiento y Ejecución de las Sentencias Arbitrales Extranjeras”, sin reserva que excluya a Venezuela por cuanto en dicha Convención nuestro país...
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