Elam

Páginas: 28 (6898 palabras) Publicado: 7 de noviembre de 2011
Novena Época
Registro: 168273
Instancia: Segunda Sala
Jurisprudencia
Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
XXVIII, Diciembre de 2008
Materia(s): Laboral
Tesis: 2a./J. 188/2008
Página: 285

RESPONSABILIDAD SOLIDARIA EN MATERIA LABORAL. SI A QUIEN SE ATRIBUYE SER LA BENEFICIARIA EXCLUSIVA O PRINCIPAL DE LOS SERVICIOS DEL TRABAJADOR NIEGA ESA CIRCUNSTANCIA LISA YLLANAMENTE, LA CARGA DE PROBAR TAL BENEFICIO CORRESPONDE A ÉSTE.
Cuando en un juicio laboral el trabajador, para efectos de la mencionada responsabilidad, aduce que la beneficiaria exclusiva o principal de sus servicios es una persona física o moral distinta de la que lo contrató y aquélla, al contestar la demanda, niega esa circunstancia lisa y llanamente, la carga de probar tal beneficio correspondeal actor, toda vez que esa negativa no conlleva afirmación alguna y no es jurídicamente dable imponer al codemandado la obligación de demostrar un hecho negativo consistente en que no se benefició con los servicios de aquél, máxime que conforme al artículo 804 de la Ley Federal del Trabajo es el patrón principal (quien contrató al trabajador) el que tiene la obligación de conservar los documentosvinculados con las condiciones de la relación laboral, por lo que el supuesto beneficiario de los servicios no cuenta con elemento de convicción alguno del que pudiera inferirse el lugar en el que aquél prestaba sus servicios.

Contradicción de tesis 136/2008-SS. Entre las sustentadas por el entonces Segundo Tribunal Colegiado (actual Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal yAdministrativa) y el Primer Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo, ambos del Décimo Séptimo Circuito. 19 de noviembre de 2008. Mayoría de tres votos. Disidentes: Margarita Beatriz Luna Ramos y Genaro David Góngora Pimentel. Ponente: Mariano Azuela Güitrón. Secretario: Francisco Gorka Migoni Goslinga.

Tesis de jurisprudencia 188/2008. Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesiónprivada del diecinueve de noviembre de dos mil ocho.

No. de registro: 21354
Novena Época
Instancia: Segunda Sala
Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
XXIX, Enero de 2009
Página: 1393

CONTRADICCIÓN DE TESIS 136/2008-SS. ENTRE LAS SUSTENTADAS POR EL ENTONCES SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO (ACTUAL PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS PENAL Y ADMINISTRATIVA) Y EL PRIMERTRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS CIVIL Y DE TRABAJO, AMBOS DEL DÉCIMO SÉPTIMO CIRCUITO.
MINISTRO PONENTE: MARIANO AZUELA GÜITRÓN.
SECRETARIO: FRANCISCO GORKA MIGONI GOSLINGA.
CONSIDERANDO:
PRIMERO. Esta Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación es competente para resolver la presente denuncia de contradicción de tesis, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 107, fracciónXIII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 197-A de la Ley de Amparo y 21, fracción VIII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, en relación con el punto segundo del Acuerdo 5/2001 del Pleno de este Alto Tribunal, publicado en el Diario Oficial de la Federación de veintinueve de junio de dos mil uno, en virtud de que se trata de tesis sustentadas en materiade trabajo cuyo conocimiento corresponde a esta Segunda Sala.
SEGUNDO. La denuncia de contradicción de tesis proviene de parte legítima en términos de lo dispuesto por el artículo 197-A de la Ley de Amparo, toda vez que fue formulada por los Magistrados integrantes del Primer Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Decimoséptimo Circuito.
TERCERO. Las consideraciones en las que sesustenta la sentencia dictada por el Primer Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Decimoséptimo Circuito, en el juicio de amparo directo laboral 58/2008, en lo conducente, dicen:
"SÉPTIMO. Son fundados los conceptos de violación, suplidos en su deficiencia, conforme al artículo 76 Bis, fracción IV, de la Ley de Amparo, por los motivos siguientes.
"En el primero de ellos, se...
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