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BASE LEGAL
LEY Nº 29571
CÓDIGO DE PROTECCIÓN Y DEFENSA DEL CONSUMIDOR
SUBCAPÍTULO III
EL LIBRO DE RECLAMACIONES
ARTÍCULO 150º - ARTÍCULO 151º - ARTÍCULO 152ºDECRETO SUPREMO
Nº 011-2011-PCM
DECRETO SUPREMO QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL LIBRO DE RECLAMACIONES DEL
CÓDIGO DE PROTECCIÓN Y DEFENSA DEL CONSUMIDOR
OBLIGACIÓN DE CONTAR CON UN LIBRO DERECLAMACIONES
Todo proveedor identificado con Registro Único de Contribuyentes (RUC) que realice actividades de venta de bienes o prestación de servicios a los consumidores a través de un establecimientocomercial abierto al público. Obligación que se extiende a: i) Las instalaciones que se ubiquen dentro de un establecimiento comercial abierto al público, en tanto éstas se identifiquen como unestablecimiento independiente del que los alberga y otorgue sus propios comprobantes de pago; y ii) Las entidades públicas o empresas estatales, siempre que actúen como proveedores.
LAS EMPRESASREGULADAS O SUPERVISADAS POR LA SUPERINTENDENCIA DE BANCA Y SEGUROS (SBS) DEBEN CONTAR CON UN LIBRO DE RECLAMACIONES
En el caso de los proveedores que brinden servicios públicos regulados o los que seencuentren bajo la supervisión de la SBS, se entenderá el procedimiento establecido previamente por el supervisor para la atención de reclamos y quejas equivale al libro de reclamaciones. Esto, siempre ycuando el procedimiento permita dejar constancia del reclamo o queja, de su contenido y regule el cómputo de plazos de atención.
En el caso de las empresas supervisadas por la SBS, los sistemas deregistro de reclamos y quejas deberán encontrarse a disposición inmediata y accesible al consumidor, en cada una de sus agencias y deberán facilitar a los consumidores una copia o constancia delreclamo o queja efectuada.
CADA SUCURSAL O ESTABLECIMIENTO PERTENECIENTE A UN SOLO PROVEEDOR DEBE CONTAR CON UN LIBRO DE RECLAMACIONES
Cada establecimiento comercial abierto al público deberá contar...
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