Enfermedades Profesionales Reforma Decreto 109
SUPREMO 109 Y VISION DE LA DIRECCION DEL TRABAJO.
Aún inmersos en el entusiasmo de contar con la primera mujer en la Presidencia de la
República y la introducción de la paridad en el nombramiento de ministros y de
autoridades de empresas del Estado, no podemos dejar de preguntarnos qué pasará con las condiciones de trabajo y la salud de los hombres y mujeres que trabajan en Chile
hoy.
Más exactamente deberíamos mirar que ha pasado con el trabajo y la salud durante estos
15 años de gobiernos democráticos de los partidos de la Concertación. Específicamente,
cuán eficiente ha sido el impacto de los recursos invertidos en las acciones y programas de los Ministerios (y sus dependencias) de Salud, de Trabajo, de Agricultura,
de Minería, entre otros, en la reducción de los dos más importantes riesgos del trabajo
humano: los accidentes y las enfermedades laborales.
En esta oportunidad deseamos centramos en las enfermedades profesionales,
laborales o del trabajo, no porque los accidentes no sean tan importantes (causando en
nuestro país unas 400 muertes al año en los últimos 3 años) sino por razones que
pasamos a explicar.
La Ley 16744 del año 1968 define como enfermedad profesional toda aquella producida
directamente por el trabajo, a partir de lo cual su Decreto Supremo 109, actualizado en
Octubre del año 2005 construye un listado de las enfermedades que deben ser aceptadas
como profesionales. Sin embargo el citado DS también estipula que cualquier
enfermedad para la cual se establezca una relación con el trabajo debe ser reconocida
como profesional. Todo lo cual apunta a la necesidad de considerar tres aspectos
fundamentales en el concepto de enfermedad profesional: el legal, el médico y el
puesto de trabajo.
Por diversas razones se han privilegiado hasta ahora los dos primeros conceptos
estudiándose insuficientemente el puesto de trabajo y como se lleva a cabo este trabajo.
El nuevo DS 109 justamente insiste en la importancia de llevar a cabo un estudio
acabado del puesto de trabajo para comprobar o descartar la naturaleza profesional de
una enfermedad, especialmente en el caso de enfermedades laborales como
lumbociática, bronquitis crónica o neurosis que son frecuentes y que también pueden
producirse por causa no profesional.
Otra situación que puede complicar el diagnóstico de laboral es cuando la condición
laboral es compleja y conlleva múltiples factores como es por ejemplo el trabajo en altura (sobre 3000 metros sobre el nivel del mar) , el trabajo en turno nocturno o el
trabajo en jornadas extendidas , más de 45 horas semanales.
Prevalencia Enfermedades del Trabajo. Situación en Chile.
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La prevalencia de enfermedades con tiempo perdido es del orden de 10.000 casos por
año, siendo las más frecuentes la sordera ocupacional, las dermatosis, las intoxicaciones por plaguicidas agrícolas y por metales. Esto según información entregada anualmente
por la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) a partir de los informes de
enfermedades enviados por la Mutualidades y el INP A nivel mundial tanto la
Organización Internacional del Trabajo (OIT) como la Organización Mundial de la
Salud (OMS) denunciaron en 2005 una verdadera epidemia de enfermedades relacionadas con el trabajo. Los cambios en la organización del trabajo, la llegada de
trabajadores jóvenes e inexpertos y la migración de mano de obra de África y Asia ha
estabilizado las tasas de accidentes graves y mortales en los países industrializados
mientras que aumentan en los países en desarrollo. Las enfermedades están causando
1.7 millones de ...
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