Ensayo De Hamlet
Al amparo de las facultades delegadas conferidas por el Congreso de la República, el Poder Ejecutivo ha promulgado los Decretos Legislativos Nº 1113 (publicadoel 5 de julio de 2012), Nº 1117 (publicado el 7 de julio de 2012), Nº 1121 (publicado el 18 de julio de 2012) Y Nº 1123 (publicado el 23 de julio de 2012), con importantes modificaciones a lalegislación que establece los principios que rigen la tributación en el Perú (Código Tributario).
A continuación, señalamos las modificaciones más resaltantes, todas las cuales tienen una importanteincidencia en la actividad empresarial:
NORMA ANTI-ELUSIVA GENERAL. Se ha modificado la norma VIII del Título Preliminar del Código Tributario, para introducir la Norma XVI, que autorizaexpresamente a la SUNAT para cobrar mayores tributos “eludidos” cuando:
O Los actos o contratos celebrados o realizados por los contribuyentes (analizados individual o conjuntamente) sean artificiososo impropios para la consecución del resultado obtenido.
O De su utilización resulten efectos jurídicos o económicos, distintos del ahorro y ventajas tributarios, que sean iguales o similares a losque se hubieran obtenido con los actos usuales o propios.
RÉGIMEN DE INCENTIVOS QUE ESTABLECE REBAJA DE HASTA EL 90% PARA CIERTAS MULTAS (Entre ellas consignar datos incorrectos o falsosen las declaraciones). A partir del 7 de agosto de 2011, no se aplicará este Régimen de Incentivos a las sanciones que imponga la SUNAT, lo que no excluye que esta entidad pueda fijar su propiorégimen de incentivos.
Se introduce la figura de la FISCALIZACIÓN PARCIAL, a favor de la SUNAT, con lo que esta entidad podrá intervenir a los deudores tributarios varias veces por el mismoejercicio o declaración.
Los administrados que estén obligados o hayan optado por llevar sus libros o registros de manera electrónica o por emitir de la manera referida los comprobantes...
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