Extincion de responsabilidad penal.

Páginas: 22 (5322 palabras) Publicado: 14 de octubre de 2010
LAS CAUSAS DE EXTINCIÓN DE LA RESPONSABILIDAD PENAL.

Las causas de extinción de la responsabilidad penal son específicas circunstancias que sobrevienen después de cometida la infracción y anulan la acción penal o la ejecución de la pena.
A) MUERTE DEL RESPONSABLE.
El artículo 93 CP señala: “La responsabilidad penal se extingue: 1° Por la muerte del responsable, siempre en cuanto a las penaspersonales, y respecto de las pecuniarias sólo cuando a su fallecimiento o se hubiere dictado sentencia ejecutoriada”.
En el Derecho Penal moderno goza de plena vigencia el principio de personalidad de las penas: la pena solamente puede recaer sobre la persona del delincuente. De la misma forma que hoy no pueden ser impuestas penas a los difuntos, tampoco trascienden aquéllas a la familia delculpable. La responsabilidad criminal no se hereda, en contraposición al criterio vigente en anteriores momentos históricos. Por ello, es superflua la consignación expresa de que el fallecimiento del delincuente extingue su responsabilidad penal.
El artículo 93 numeral 1 del CP, es absoluto en cuanto a las penas personales; criterio que el legislador cambia al hablar de las penas pecuniarias,estableciendo que las penas pecuniarias sólo se extinguirán si al momento de la muerte del responsable, el tribunal respectivo no hubiere dictado una sentencia ejecutoriada que condena al culpable al pago de una multa determinada, por ejemplo.
Esta última parte del numeral 1 del artículo 93 CP contradice el principio mencionado con anterioridad, de que la responsabilidad penal es siempre de carácterpersonal, lo que deja dudas respecto a su constitucionalidad. Sobretodo, al constatar que el CP español de 1870, confundiendo – como ha destacado Antón Oneca – la pena pecuniaria con la responsabilidad civil, afirmaba la extinción de la responsabilidad criminal por muerte del reo en cuanto a las penas personales siempre y, con relación a las pecuniarias, sólo cuando al fallecimiento de aquél nohubiere recaído sentencia firme. Precisiones que han desaparecido del CP español a partir de 1932; hoy la muerte en España extingue toda clase de penas, incluidas – por supuesto- las pecuniarias.
El Catedrático de Derecho Penal Gerardo Landrove Díaz señala que está solución del Derecho español no es la seguida en la totalidad de los ordenamientos punitivos, incluido el nuestro; en algunos de ellos semantiene el criterio de que la muertes del condenado no extingue las multas y demás penas pecuniarias, las cuales se asimilan a una deuda hereditaria. Como podemos apreciar se describe exactamente el criterio adoptado en el artículo 93 N°1 CP.
B) CUMPLIMIENTO DE LA CONDENA.
Es ésta la causa más frecuente de extinción de la responsabilidad criminal. Cumplida la condena es obvio que se extingueel derecho de castigar que el Estado tiene atribuido. Tal cumplimiento supone que el sujeto “ha pagado” sus culpas y “saldado su deuda” con la sociedad.
Sin embargo, los términos utilizados por el legislador (cumplimiento de la condena) parecen aludir exclusivamente a la pena impuesta en la sentencia, cuando – en ocasiones – la responsabilidad criminal se extingue por el efectivo cumplimiento deuna pena diferente. Caso, por ejemplo, de la responsabilidad personal subsidiaria por impago de una multa.
Respecto de la libertad condicional – último período del sistema progresivo – y al durar ésta “todo el tiempo que le falte al sujeto para cumplir su condena” mientras no transcurra ese tiempo el liberado conserva su condición técnica de penado, sin que se extinga la responsabilidad criminal.Respecto de las medidas alternativas a la prisión, establecidas en la Ley N° 18.216, la suspensión condicional de la pena, la reclusión nocturna y la libertad vigilada; para que se extinga la responsabilidad penal en éstos casos, debe haberse cumplido las condiciones impuestas para sustituir la pena privativa de libertad y traspasado el tiempo establecido para ello.
En cualquier caso, los...
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