FACILIDADES AL RIF
- Además, se anuncia la ampliación de plazo para la declaración mensual de personas físicas, entreotras disposiciones.
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), a través del Servicio de Administración Tributaria (SAT), informa que, considerando que una gran cantidad de nuevoscontribuyentes han acudido a las oficinas del SAT o al portal de internet para beneficiarse del Régimen de Incorporación Fiscal, ha dispuesto las siguientes medidas que facilitan el registro en elrégimen.
Los contribuyentes que pertenecían al Régimen Intermedio o al Régimen de Actividades Empresariales y Profesionales, con ingresos menores de dos millones de pesos y que deseen tributar en elRégimen de Incorporación Fiscal, tienen hasta el 31 de marzo para presentar el Aviso de actualización de actividades a través del Portal de internet del SAT.
Los contribuyentes que únicamenterealizan venta de mercancías o prestan servicios al público en general, con ingresos hasta por dos millones de pesos al año, deberán:
Elaborar una factura electrónica con su venta global cada dosmeses,
Elaborar una declaración bimestral, que tratándose del periodo enero-febrero, esta se entregará junto con la del periodo marzo-abril, es decir en mayo.
Entregar el reporte de susingresos y sus gastos. Es importante que pidan factura de todas las compras que realicen para que tengan oportunidad de acceder al beneficio de los estímulos y descuentos en el pago impuestosdurante el primer año.
Para cumplir con estas tareas, el contribuyente podrá asistir en las oficinas de servicios al contribuyente más cercana a fin de que reciba la asistencia en el llenado y envíode esta información.
Los contribuyentes cuyos clientes deban emitir facturas electrónicas porque así se lo soliciten, podrán hacerlo fácilmente a través del sistema “Mis Cuentas”; de la...
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