fallo bazterrica
El Procurador General nos muestra la posiciónde las partes involucradas. La violación del artículo 18 de la Constitución Nacional que presenta el acusado. Y consideración de lasala que la declaración aun en esas condiciones implicaba unapresunción contra el acusado. Aunque constaron lesiones que demostraría apremiado físicamente. Los dichos permitieron esclarecer el hecho ilícito; no son considerados por la Alzada confesión sino comopresunción que fue corroborado con el relato de la victima. El pronunciamiento de fondo del Procurador da razón a lo presentado por la defensa considerando que el fallo es violatorio del artículo 18de la constitución. Por lo que se debe considerar nula las declaraciones sucedidas durante la obstrucción de dicho artículo constitucional. Quedando entonces la cadena de validez incongruente, ya quesin la declaración resulta imposible probar la autoría del ilícito. Por lo contrario se estaría validando la obtención de declaraciones bajo coacciones físicas. Concluyendo se solicita al máximo...
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