Fallos Csjn (Argentina) Hooft

Páginas: 27 (6582 palabras) Publicado: 3 de noviembre de 2012
H. 172. XXXV. ORIGINARIO Hooft, Pedro Cornelio Federico c/ Buenos Aires, Provincia de s/ acción declarativa de inconstitucionalidad.

Procuración General de la Nación
S u p r e m a C o r t e:

- I A fs. 18/28, Pedro Cornelio Federico Hooft promovió demanda (ampliada a fs. 107) contra la Provincia de Buenos Aires, a fin de obtener que se declare la inconstitucionalidad o inaplicabilidad delart. 177 de la Ley Fundamental de dicha Provincia, por ser contraria a la Constitución Nacional, en cuanto le cercena su derecho a ser juez de cámara -o

eventualmente de casación- al requerir, para acceder a tal cargo, "haber nacido en territorio argentino o ser hijo de ciudadano nativo si hubiese nacido en país extranjero". Relató que nació en Utrecht, Holanda, el 25 abril de 1942, ingresó alpaís en 1948 y obtuvo la nacionalidad

argentina en 1965. Cursó sus estudios primarios, secundarios, universitarios y de posgrado en la Argentina. Ingresó al Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires en 1966 como

Secretario de Primera Instancia y, posteriormente, ascendió al cargo de Secretario de Cámara. En 1970 fue designado titular de la Fiscalía del Departamento Judicial de Mar delPlata y obtuvo la confirmación del cargo en 1974. Por decreto 1611/76, fue designado titular del Juzgado en lo Penal N1 3 del mismo Departamento, juramento el confirmado 6 de julio por de decreto ese año, 1151/84 luego y prestó acuerdo

del

constitucional. Sostiene que la norma es inconstitucional, lo mismo que la interpretación que impone la nacionalidad argentina de origen para ser juez deuna Cámara de Apelaciones en el territorio de la Provincia de Buenos Aires, toda vez que, por los principios de "igualdad ante la ley" (art. 16 de la Constitución Nacional) y de no discriminación, se trasvasan al argentino naturalizado, como ciudadano, los atributos, dere-1-

chos y calidades de los nacionales. Además, lesiona el principio de igualdad reconocido en los tratados a que se refiereel art. 75 inc. 22 de la Constitución Nacional, la filosofía que tutela los derechos humanos y evidencia una cuestión federal trascendente, al estar en juego los arts. 31, 55, 111, 5 y 123, declaraciones, convenciones, tratados y pactos complementarios que en lo pertinente conciernen a los derechos del ciudadano, naturalizado y de la Magistratura. Manifiesta que la vida, la libertad, el honor y lapropiedad han estado en sus manos como juez de primera instancia, motivo por cual no pueden esgrimirse impedimentos constitucionales para juzgar sobre esos mismos derechos como integrante de un tribunal de alzada cuando no existen variantes sustanciales para su tratamiento entre una y otra instancia.

- II El recurso extraordinario planteado por el actor (fs. 58/72) contra la sentencia de laSuprema Corte de la Provincia de Buenos Aires (fs. 49/51), dio lugar al pronunciamiento por el cual V.E. declaró que la presente causa es de su competencia originaria (arts. 116 y 117 de la Constitución Nacional) (fs. 92/99).

- III A fs. 148/149, la Provincia de Buenos Aires contestó la demanda y solicitó su rechazo, con costas. Aclaró que su defensa la realiza sobre la base de un mandatoconstitucional y que no implica demértio respecto de la investidura del doctor Hooft. Sin perjuicio de ello, niega que el art. 177 de la Constitución local sea contrario a la Ley Fundamental, pues la designación de los jueces constituye

-2-

H. 172. XXXV. ORIGINARIO Hooft, Pedro Cornelio Federico c/ Buenos Aires, Provincia de s/ acción declarativa de inconstitucionalidad.

Procuración General dela Nación
un acto delicado y complejo, que torna razonable la exigencia de que los integrantes de las Cámaras de Apelaciones sean ciudadanos nativos. Señaló que lo atinente a la ciudadanía de los jueces provinciales pertenece al ámbito de los poderes y facultades no delegados por las provincias a la Nación (arts. 121, 122, 123 de la Constitución Nacional) y que la participación del gobierno...
Leer documento completo

Regístrate para leer el documento completo.

Estos documentos también te pueden resultar útiles

  • Fallo CSJN
  • Resumen fallo 4302 CSJN Argentina
  • Fallo Csjn : Rivademar
  • Fallo CSJN Eduardo Perez Constitucional
  • Fallo csjn acosta, alejandro esteban
  • Fallo Hooft
  • Fallo Hooft
  • Fallo CSJN

Conviértase en miembro formal de Buenas Tareas

INSCRÍBETE - ES GRATIS