La compensación es una de las formas de extinguir dos deudas entre dos sujetos, hasta el monto de la menor, entre dos o más personas que poseen el carácter de acreedor y deudor,mutuamente; deesta manera en materia fiscal una forma de extinguir dos obligaciones fiscales hasta el monto de la menor deuda, entre dos personas que poseen el carácter deacreedor y deudor, recíprocamente,contribuyente y fisco federal. Su fundamento legal está en el artículo 23 del Código Fiscal de la Federación (CFF) donde se dispone que loscontribuyentes obligados a pagar mediante declaración podrán optarpor compensar las cantidades que tengan a su favor contra las que estén obligados a pagar por adeudo propio o por retención aterceros, siempre que ambas deriven de impuestos federales distintos delos que se causen con motivo de la importación, los administre la misma autoridad y no tengan destinoespecífico, incluyendo sus accesorios. Incorporando esta idea a nuestra materia, podemos afirmar quese presenta como una forma de extinción de los tributos, cuando el fisco y elcontribuyente son acreedores y deudores recíprocos, en ambos patrimonios se genera derechos de créditos personalesexigibles sobre el otro.
En nuestro sistema jurídico es un medio deextinguir las obligaciones fiscales de cantidades líquidas y exigibles, su origen está en el derecho civil, donde en el artículo 2185del Código Civil Federal (CCF) se estableceque tiene lugar cuando dos personas reúnen la calidad de acreedores y deudores recíprocos y por su propio derecho deciden extinguir sus obligaciones contralos derechos quemutuamente representen. Una premisa imprescindible para la existencia y aplicación de esta institución es la reciprocidad de deudas, esto es, la existencia de deudas entre personas...
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